Tras el anuncio del presidente Juan Manuel Santos de aspirar a un próximo periodo, el próximo lunes, 25 de noviembre, deberá oficializar por escrito su interés ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Posteriormente, la próxima fecha importante, será el 25 de enero con la inscripción de candidatos, con loque se inicia formalmentela campaña Presidencial.
El cronograma contempla que el 25 de febrero, se da inicio a la propaganda electoral contratada en la prensa escrita y la radio.
Hasta el 14 de marzo se podrán modificar candidatos. Posteriormente, el 16 de marzo se publicará el listado de candidatos inscritos en web y en lugar visible. A su vez, laRegistraduría remitirá el listado a los organismos competentes para certificar sobre causales de inhabilidad.
El 25 de marzo inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación social para los partidos y movimientos políticos, organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos y promotores de voto en blanco que hayan inscrito candidatos, de acuerdo con la asignación del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El 25 de febrero se abrirá el espacio para larevocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
Hasta el 13 de mayo se podrá hacer uso del espectro electromagnético destinado a los concesionarios y operadores privados para que los candidatos divulguen sus tesis y programas de gobierno. Asimismo, hasta esta fecha podrán inscribirse nuevos candidatos, en caso de muerte o incapacidad física nuevos candidatos.
Del 19 al 25 de mayo se inicia período de votación en el exterior. El 23 de mayo finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social para la realización y el 25 de mayo se realizarán las elecciones a la Presidencia de la República
Ley de Garantías
Desde el próximo lunes 25 de noviembre se activa la Ley de Garantías Electorales para el presidente – candidato, la cual restringe la contratación pública seis meses antes de los comicios.
Según la Ley la Ley 996 de 2005, “se suspenderá cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal, en la Rama Ejecutiva del Poder Público, durante los seis meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si fuere el caso”.
De igual manera se prohíbe la divulgación de toda publicidad alusiva al cumplimiento y ejecución de programas, promesas o planes de Gobierno, durante los cuatro meses anteriores a la fecha de la elección.
Así mismo, se le prohíbe a partir del 25 de enero de 2014 y hasta la segunda vuelta de las elecciones al Presidente – candidato, la inauguración de obras, entregar subsidios. El incumplimiento de lo anterior se le califica como falta gravísima.
De otra parte, los movimientos por firmas de grupos significativos de ciudadanos a la Presidencia, tienen hasta el 10 de diciembre para inscribir ante la Registraduría sus candidatos.
Asimismo, el 14 de enero de 2014 vence el plazo para que la Registraduría Nacional del Estado civil certifique el número de firmas para la inscripción de los candidatos inscritos por movimientos sociales.
El 7 de marzo vence Inscripción de candidatos que no sean elegidos en consultas celebradas junto con la elección de Congreso.
Calendario al Congreso
En relación a los candidatos al Congreso, hasta el 9 de diciembre los partidos tienen plazo para inscribir las listas a Senado y Cámara.
El 16 de diciembre vence el plazo para la modificación de candidatos por renuncia y no aceptación. Del 9 de enero al 9 de febrero se realizará el sorteo y publicación de listas de jurados de votación. De la misma forma, el 9 de enero Inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación social y el 9 de marzo se realizan las elecciones.
En cuanto a los mandatarios locales; gobernadores y alcaldes, queda prohibida la participación en actos proselitistas desde el 9 de noviembre hasta después de las elecciones y la restricción en la contratación pública, cuatro meses antes.