Vicente Torrijos R.
Profesor Titular de Ciencia Política y Relaciones Internacionales en la Universidad del Rosario
Juan David Otálora
Asistente de Investigación de Ciencia Política y Relaciones Internacionales en la Universidad del Rosario
El fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso Nicaragua vs. Colombia que ratificó la soberanía de Bogotá sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como de una serie de cayos pertenecientes al archipiélago, ha generado gran preocupación patriótica e innecesaria confrontación entre las élites pues, independientemente de las responsabilidades políticas que deban asumirse en perspectiva remota y reciente, lo cierto es que han quedado comprometidos casi 80.000 kilómetros cuadrados de espacios oceánicos.
No en vano el presidente Santos rechazó vehementemente ciertos apartados del fallo y declaró que no lo aceptaba, con lo cual, es apenas natural que desde el alto gobierno se analice qué medidas conviene tomar pues es bien sabido que en Colombia cuesta demasiado ver más allá del paradigma legalista que por tanto tiempo ha encadenado a la política exterior e identificar escenarios distintos a los del simple acatamiento literal de la sentencia proferida.
Cinco casos
Lo cierto es que, tal como lo ha destacado el colega norteamericano A. P. Llamzon, la Corte Internacional de Justicia es apenas un foro limitado aunque siempre trascendente en la solución de controversias.
Por eso es que resulta conveniente apreciar 5 casos de desacato de fallos posteriores al controvertido litigio Nicaragua vrs. Estados Unidos (1984) cuando la Casa Blanca se negó a indemnizar a Managua por el apoyo ofrecido a grupos paramilitares que allí actuaron a principios de esa década.
Como se recordará, Washington se negó a cancelar cualquier tipo de compensación argumentando que la Corte no tenía jurisdicción aunque dicha actitud supuso ciertos inconvenientes para su imagen global.
Poniendo en evidencia el hecho de que las súper potencias tienen un margen de maniobra unilateral ciertamente considerable, los norteamericanos se negaron a cualquier conciliación con los sandinistas y luego, ya en el marco de las relaciones armoniosas que se establecieron con el gobierno democráticamente elegido que les precedió, se pudo llegar a un entendimiento basado en la confianza.
En tal sentido, el primer caso a considerar puede ser el de Honduras vs. El Salvador, en el que estaban en disputa 440 kilómetros y algunas zonas marítimas. El Tribunal decidió favor de Honduras (entregándole 300 kilómetros de territorio) lo que provocó el desacato de San Salvador que pidió la revisión de la sentencia.
Sin embargo, la advertencia de Tegucigalpa de llevar la controversia ante el Consejo de Seguridad de la ONU, llevó a El Salvador a aceptar en 2002 lo dicho por la Corte, si bien el conflicto se mantiene latente y las tensiones no han desaparecido.
El segundo litigio que se puede contemplar es el de Libia vs Chad que históricamente se han disputado la Franja de Aouzou. La Corte falló a favor de Chad pero en 1994 el gobierno de Muamar Gadafi decidió desacatar la sentencia y ocupó militarmente la zona. Solo una negociación, ya en el ámbito de la más pura diplomacia y con la intervención de las potencias puso la cuestión a favor de Yamena.
Asimismo, podría verse el caso de Hungría vs Eslovaquia, disputa que se inició por el incumplimiento de Budapest en un acuerdo de construcción de un sistema de esclusas y represas en el río Danubio. En esta ocasión la Corte asumió un papel intermediario instando a los Estados a retomar negociaciones para regular la situación. Pero, no obstante su disposición inicial, el gobierno de Hungría terminó por declinar la sugerencia del Tribunal Internacional.
La cuarta controversia es otro territorio en disputa, esta vez entre los gobiernos de Camerún y Nigeria por la península de Bakassi. En 2002, la Corte falló a favor de Yaundé, entregándole el enclave y suscitando la reacción del gobierno nigeriano que en principio se negó al cumplimiento del fallo.
Solo en el contexto de una creciente interacción con otros actores internacionales, Abuja acogió la sentencia y debió enmendar su Constitución pues en ella no estaba estipulada la reforma de las fronteras y Bakassi constituía territorio nacional.
Finalmente, el quinto caso es la cuestión del preso alemán La Grand, que fue ejecutado en 1999 en Estados Unidos, país que desatendió un fallo de la CIJ exigiéndole postergar el juicio ya que Berlín había reclamado el incumplimiento de la Convención de Viena (de asuntos consulares) de 1969.
La misma situación se reprodujo con el caso de algunos presos mexicanos cuyo gobierno reclamaba la Convención como un mecanismo de protección a sus connacionales. No obstante, el gobierno estadounidense se negó a colaborar, demostrando así el poder limitado que tiene la Corte a la hora de hacer que se cumplan las sentencias que pronuncia.
Acatamiento razonable
Para resumir, los fallos de la Corte no pueden digerirse sólo a la luz del dilema "acatar o no acatar" pues, inevitablemente, se estarían desconociendo múltiples canales de acción diplomática orientados a proteger el interés nacional, canales que no necesariamente tienen que causarle escozor a los defensores del purismo legalista.
En otras palabras, debe establecerse una diferenciación clara entre: (a) acatamiento, (b) desacato y (c) el escenario que aquí llamaremos 'acatamiento razonable' de la sentencia.
En primera instancia, para que el cumplimiento tenga sentido debe consistir en la aceptación de buena fe de una obligación vinculante. En esta línea, la Corte entiende "buena fe" como “el deber de dar cumplimiento a la sentencia sin caer en la aplicación superficial o cualquier intento de elusión.
Por su parte, el desacato implica un rechazo total, abierto y declarado de la sentencia, es decir, la negativa absoluta a obedecer sus contenidos por considerarlos inválidos, de tal manera que el Estado se declara reacio a adoptar la medida porque lesiona gravemente su naturaleza y condición.
Finalmente, el 'acatamiento razonable' (que algunos podrían identificar como "desacato calculado" u "observación divergente" del fallo) sugiere una cuestión de grado, es decir, que los Estados pueden gestionar las sentencias mediante distintas iniciativas en las que se mezclan diplomacia clásica (poderes duros) y diplomacia pública (poderes blandos) conformando así una "estrategia inteligente".
Dicho de otro modo, se puede llevar a cabo una aplicación extendida y englobadora de la sentencia que no tenga repercusiones prácticas pero que ante los ojos de la comunidad internacional signifique que se está cumpliendo, pues, basada en la buena fe, tal aplicación no se opone explícitamente al fallo pero sí protege integralmente el interés nacional.
Conjugación perfecta
Por supuesto, muchos defensores del criterio legalista tradicional verán en este enfoque una forma de burlar las sentencias pero en su fundamentalismo estarían olvidando que el caso colombiano bien podría desembocar en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas -tal como la propia Carta lo contempla-, sin que ello signifique irrespeto alguno por el derecho internacional.
Por el contrario, este escenario supone la conjugación perfecta entre normas y poder, solo que en el ámbito de la diplomacia, de la negociación, de los intereses, de las alianzas, del equilibrio de poder, y ya no solo en el estrecho marco de las consideraciones de una sentencia por valiosas que sean en sí mismas.
Palabras más, palabras menos, eso significa que incluso explotando su asimetría favorable (militar, política y económica), Colombia tendría que sopesar con suficiente cautela y sosiego cuáles serían, por una parte, los respaldos sostenibles con que podría contar en el Consejo de Seguridad y, por otra, cuán dispuestos estarían los rusos a apoyar a sus aliados nicaragüenses.
Pero no sólo los rusos, sino también los venezolanos y cubanos que, ya no en el Consejo sino en la Alianza Bolivariana para las Américas, tienen la ilusión de que Managua prepondere, para lo cual estarían prestos a mezclar -en un cóctel ciertamente explosivo-, sus expectativas geopolíticas (pesca, petróleo y gas) con el papel de acompañantes y garantes que tan candorosamente les ha concedido el propio gobierno colombiano en sus negociaciones con las Farc.
Economía, diplomacia y política
En conclusión, la "estrategia inteligente" se construye sobre la premisa de que Colombia no tiene por qué abrazar el fallo pero tampoco tiene por qué proclamar que no lo acata, de tal forma que, en lo militar, la Armada Nacional tendría que permanecer imperturbable a lo largo del meridiano 82 protegiendo a los pesqueros colombianos y negándoles el acceso a otros aunque esa conducta pudiese ser considerada por los nicaragüenses como desafiante y prepotente.
En lo económico, sin necesidad de declarar emergencias que pudiesen entenderse como aceptación del fallo, el Gobierno podría repotenciar la industria pesquera y adelantar al mismo tiempo diversas actividades exploratorias de recursos nuevos aunque esa actitud pudiese ser interpretada por los niacaragüenses como altisonante y desconsiderada.
En lo diplomático, Colombia podría denunciar cuanto antes el Pacto de Bogotá (algo que inexplicablemente no quiso hacer antes del 2001), tomarse el tiempo que haga falta pidiendo aclaraciones a la Corte y mantener consultas que garanticen la armonía preexistente con Jamaica, Costa Rica, Panamá y Honduras, aunque tales iniciativas fuesen percibidas por los nicaragüenses como incomprensibles y dilatorias.
Y en lo político, el país podría configurar escenarios de diálogo y consulta con el Reino Unido y los Estados Unidos para constatar qué tanta acogida tendría en el Consejo de Seguridad su política de "acatamiento (o desacato) razonable" de la sentencia -como quiera verse-.
Para terminar, podría decirse, de acuerdo con Llamson, que la comunidad internacional ha madurado en su comprensión de las posibilidades y límites de la Corte y está acercándose a una situación de equilibrio en la que, basados en la elección racional, la mayoría de los Estados han decidido cumplir las sentencias del Tribunal y restringir aún más su jurisdicción debido a la imposibilidad física de controlar los resultados.
Pero, curiosamente, ese mismo criterio de racionalidad, pragmatismo y sensatez es el que indica como sin negarse explícitamente a acatar un fallo, un Estado como Colombia puede lograr que su interés nacional prevalezca sobre todo cuando los escenarios económicos y militares son favorables, los destinos internos del país no están en manos de terceros, las élites no se fraccionan, los aliados son confiables y las nefastas lecciones del pasado no quieren repetirse.
Santos ordenó contacto con Nicaragua
El presidente Juan Manuel Santos tuiteó que le pediría “a la Canciller que entre en contacto directo con el gobierno de Nicaragua para manejar esta encrucijada con prudencia y respeto”.
Ya la semana pasada, Holguín le había dicho a la Comisión Segunda de la Cámara que ya había empezado conversaciones con su colega de Nicaragua, Samuel Santos, sobre la posibilidad y los términos de la elaboración de un “acuerdo de pesca”.
“En este momento, como se imaginarán, quiero acabar de decantar todo y mirar el resto del fallo y no quiero reunirme inmediatamente con el Canciller de Nicaragua, pero esa es una puerta que somos consientes”, reveló entonces Holguín.
Ortega pide respetar nueva frontera
El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, dijo que el único camino que le queda a Colombia es reconocer el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que reivindicó a la nación centroamericana sus derechos históricos en el mar Caribe.
Para Colombia "no hay más camino" que "darle cumplimiento al fallo de la Corte respetando el derecho histórico que Nicaragua" recuperó en el Caribe, afirmó Ortega durante un acto, en alusión a la negativa de Bogotá de aceptar la sentencia de la CIJ, que otorgó a Managua mayor soberanía en el mar Caribe.
"Nicaragua ha crecido en territorio gracias a la leyes internacionales y la CIJ", que le devolvió al país "miles de miles de kilómetros cuadrados en el mar Caribe", expresó.
"Estoy seguro que el gobierno y el presidente de Colombia van a reconocer el fallo de la CIJ", indicó Ortega.