La Corte Constitucional mencionó que los hombres que no tengan libreta militar no pueden ser conducidos a cuarteles o distritos militares.
Llamó la atención duramente la Corte Constitucional ante los operativos de reclutamiento llevados a cabo por las Fuerzas Militares con el fin de comprobar e inscribir a las personas que tienen pendiente su situación militar.
El alto tribunal consideró que dichas personas solamente pueden ser detenida “por un tiempo corto determinado” mientras se hace clara su situación y se llevan a cabo los procesos de inscripción para las llamadas “jornadas especiales”.
“este proceso no requiere ningún formalismo”, mencionó la Corte, aclarando que está absolutamente prohibido obligar a las personas a que definan su situación inmediatamente.