Como consejo gremial no aceptamos que las Farc ejerzan sus derechos políticos sin antes ser juzgados por sus delitos: Consejo Gremial.
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Las Farc no pueden participar en política hasta que se sometan a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), manifestó este martes el Consejo Gremial Nacional a través de comunicado.
Así se sumaron los dirigentes gremiales a lo expresado por otros sectores sociales y políticos, como es el caso de los familiares de los diputados vallecaucanos secuestrados y asesinados por las Farc.
Ver “Farc, primero a la JEP y luego a la política”
“Como consejo gremial no aceptamos que las Farc ejerzan sus derechos políticos sin antes ser juzgados por sus delitos”, sostuvo Santiago Castro, presidente del Consejo y de Asobancaria.
“Hacer lo contrario”, anotaron los empresarios, “desnaturalizaría la función judicial de la JEP y premiaría a quienes hayan cometido graves delitos contra el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos”.
Al hablar de los cinco puntos que contiene el comunicado del empresariado, Castro expresó que “la ley estatutaria que tramita el Congreso de la República debe procurar por que exista absoluta claridad sobre su competencia frente los denominados actores del conflicto, pues es únicamente para juzgar los delitos por ellos cometidos que se justifica la justicia transicional”.
Para los empresarios, es inaceptable que se exima de responsabilidad penal a los acusados de asonadas, disturbios y protestas “que nada tienen que ver con el conflicto armado”.
Por otra parte, Castro explicó que “el sector empresarial considera que no es conveniente que los miembros de las Farc politicen la reparación a las víctimas”, por lo que “debe distinguirse lo que hagan por las comunidades en el cumplimiento de la reparación y lo que hagan en ejercicio de funciones públicas, en caso de que lleguen a ser elegidos y aún más en el caso de que se trate de activismo político con fines electorales”.
“Frente a la vinculación de terceros a la JEP, el sector empresarial estima que esto implicaría una vulneración del principio de juez natural que exige la definición previa del juez competente a la comisión de los hechos, al tiempo que le es contrario a los compromisos internacionales de Colombia en el marco de la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 y a la propia jurisprudencia de la Corte Constitucional”, puntualizaron los empresarios en su comunicado.
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