En medio de toda la discusión a nivel interno que se ha dado en torno al proceso de paz que se adelanta entre las Farc y el Gobierno en La Habana, Cuba, es importante mirar con detenimiento las experiencias internacionales con el objetivo de reflexionar sobre la consecución definitiva de esta.
Durante el desarrollo del foro sobre justicia transicional, que se llevó a cabo ayer en la Universidad de los Andes, el abogado chileno Gustavo Balmaceda, doctor en Derecho Penal y director del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Andrés Bello (Chile), habló sobre la aplicación de la justicia transicional en su país entre la época de violencia.
“Según el informe de la comisión presidencial asesora para la clasificación de detenidos, desaparecidos, ejecutados políticos y víctimas de prisión política y de tortura, en Chile se elevan a más de 40.000 las víctimas (…) el problema obedece entonces al contexto político, social y cultural que propició la representación de estos crímenes, que se desarrolló como una estrategia estatal organizada sin precedentes en la historia de Chile, a través de una doctrina de la seguridad nacional”, dijo el abogado.
Balmaceda agregó que “frente a las atrocidades mencionadas, la práctica contemporánea en Chile busca lo siguiente: verdad, reparación y justicia; verdad en el sentido de esclarecer hechos que fueron objeto de negación deliberada por parte del Estado; reparación, es decir, conceder una compensación moral y económica a las víctimas y a sus deudos; y justicia refiere a la persecución civil y penalmente a los responsables del caso”.
Los mecanismos utilizados para la “superación del pasado”, que ellos utilizaron, según explica el experto, “buscan superar problemas o desafíos que son actuales” y pueden ser interesantes para la realidad que está viviendo el país.
Mecanismos
Los esfuerzos civiles actuales se han concentrado en varios puntos. El primero en lo que tiene que ver con la reconstrucción de la imagen de los crímenes y en segundo lugar a identificar a las víctimas, tercero, en reparar daños causados, y por último prevenir la ocurrencia de tragedias similares, según explicó Balmaceda.
“En resumen las propuestas y medidas completas a las que se ha llegado en el Estado chileno. En primer lugar tenemos que decir que se trata de propuestas que paulatinamente se han ido incorporando al ordenamiento jurídico, no todas se han plasmado todavía y podemos dividirlas en dos grandes grupos”.
Víctimas: restablecimiento públicamente del nombre, resolución de problemas jurídicos, pensión vitalicia, becas de estudio, sistema de salud gratuito, cupos familiares de vivienda, resolución de las deudas solidarias, remisión de deudas tributarias y liberación del servicio militar obligatorio para los hijos de las víctimas.
Prevención: adecuación del derecho nacional al contexto de los DD.HH., existencia de un poder judicial, modificación de la justicia militar, respeto de las fuerzas armadas frente al poder judicial, creación de una institución orientada a promover y proteger los DD.HH.
Ley de Amnistía
“El punto de arranque de los fallos existentes hasta el momento ha sido la aplicación del Decreto-ley 2191 de 19 de abril de 1978, que es la denominada ley de amnistía y además la aplicación o no de la prescripción de la acción penal de los casos de los detenidos desaparecidos”, explicó Balmaceda.
Esta ley, según él, dice que no podrán ser investigados ni castigados los delitos cometidos desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el 10 de marzo de 1990. “Pero que es lo que sucede frente al caso de los desaparecidos, técnicamente hablando para que exista un homicidio debe existir un resultado, la muerte. En el caso de los detenidos desaparecidos, ¿dónde están los cuerpos?, ahí surge la discusión dogmática porque técnicamente estas personas, al no encontrarse los cuerpos siguen secuestrados, por lo tanto no podría aplicarse la ley de amnistía”.
Impunidad
En el foro también participaron Farid Benavides, director del Área de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología de la Universidad de los Andes; Manuel Alejandro Iturrualde, profesor y director del grupo de Prisioneros de la Facultad de Derecho de los Andes; y Christian Steiner, director del programa Estado de Derecho para Latinoamérica, Fundación Konrad-Adenauer.
Durante el desarrollo de la primera parte del foro también se habló sobre el tema de la impunidad, en lo que tiene que ver con el actual proceso de paz. Allí salieron conclusiones como “si se busca lograr la paz, hay que hacer algunas concesiones”, según expresó Steiner.
“Las Farc han manifestado que no pasarían ni un solo día en la cárcel y eso está muy bien como estrategia de negociación, pero creo que eso es una afirmación vacía y sin significado. Si se miran los antecedentes del proceso de negociación con los paramilitares, algunas de las primeras manifestaciones de los paramilitares eran esas”, comentó también el profesor Benavides.
También hubo posiciones, como la que expuso el profesor Iturrualde, donde dijo “que una persona esté en la cárcel no significa que no haya impunidad”, tomando como experiencia lo sucedido con los que se acogieron a Justicia y Paz. Según él mucho siguieron delinquiendo desde los centros de reclusión, no asistieron a las audiencias para contar la verdad y así reparar integralmente a las víctimas.