No es la impunidad la finalidad de la reforma propuesta por el Gobierno al Congreso, le respondió este fin de semana el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, a José Miguel Vivanco, de Human Rigths Watch.
“No cabe atribuirle” al Gobierno “como una política la reprobable intención de implementar un sistema que ‘prácticamente garantice impunidad frente a las violaciones de derechos humanos cometidas por la fuerza pública’. Por supuesto, no es la impunidad la finalidad de la reforma propuesta por el Gobierno al Congreso”, escribió Esguerra, “ni habrá de ser ella la consecuencia de su eventual aprobación”.
“Tampoco es cierto que la redacción formulada para el artículo 221 de la Carta Política amplíe el alcance del fuero militar a los llamados falsos positivos, ni que con ella la justicia penal militar asuma ‘automáticamente la competencia respecto de casos de torturas y violaciones sexuales de civiles cometidos por miembros de la fuerza pública durante dichas operaciones’. Tal no es en absoluto del sentido de la puntual reforma que se plantea, pues como claramente lo indica el tenor literal de su texto, de lo que se trata es simplemente de establecer una presunción legal de vinculación con un ‘acto del servicio’ de aquellos delitos que pudieran cometerse por un miembro de la fuerza pública en el desarrollo de una operación militar o de policía”, le explicó Esguerra a Vivanco.
Según el alto funcionario, mientras “el fuero penal militar no está definido por el Pacto de Derechos Civiles y Políticos en el marco de Naciones Unidas ni por la Convención Americana de Derechos Humanos en el marco de la OEA, los cuales tampoco aluden a la competencia para investigar violaciones”, sostuvo Esguerra, “en cambio, la Corte Constitucional colombiana sí ha señalado que la justicia ordinaria es la única competente para investigar violaciones a los derechos humanos”.