Cuando apenas los trabajadores colombianos comienzan a digerir los cambios en el sistema de pensiones, que a partir de enero de este año exige mayor edad y número de semanas de cotización, se habla de otra reforma, que no se sabe si es conveniente o no para la población.
Según el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, hay que mirar con detenimiento las propuestas. Sin embargo, recomienda fortalecer el Régimen de Prima Media con prestación definida y asignar a los fondos privados el manejo de un sistema complementario para la pensión.
Para los investigadores del Observatorio Laboral, Iván Daniel Jaramillo y Juan Carlos Guataquí, producto de la reforma pensional contenida en la Ley 797 de 2003, las edades en materia de pensión de vejez fueron aumentadas a 57 años las mujeres y 62 años los hombres.
Este parámetro que resulta paradójico, ya que las mujeres cuentan con una expectativa de vida superior -con 83 años- en relación con los hombres; y la teórica protección que deriva de acceder a una edad más temprana, supone una anticipación de la desvinculación del mundo laboral para acceder a una pensión que oscila entre el 65% y el 55% de su ingreso mensual.
Consideran los expertos que los principales aspectos de la reforma de dicha ley, que redujo ostensiblemente los porcentajes para el cálculo de las pensiones y aumentó los requisitos en semanas (1.300 semanas, es decir, 26 años de cotización para este año), solo comenzaron a ser aplicados ahora y ya no es viable aplicar el régimen de transición que permitía utilizar disposiciones anteriores.
En ese sentido no existen suficientes parámetros técnicos o elementos de juicio frente a la efectividad del régimen actual para que se pueda proponer una reforma estructural al Sistema de Seguridad Social en Pensiones, explicó Jaramillo.
En relación con la propuesta de fortalecer el modelo asistencial de los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) y el programa Colombia Mayor, el Observatorio indica que no corresponde a una reforma del modelo pensional, puesto que este tipo de programas son sistemas asistenciales que se apartan de modelos contributivos en que los afiliados construyen sus derechos con sus aportes mensuales.
En síntesis se estaría desnaturalizando al Régimen de Prima Media con Prestación Definida como modelo de Sistema de Seguridad en Pensiones, convirtiéndolo en un programa de asistencialismo estatal bajo la perspectiva de una concesión vertical gubernamental y no la construcción individual del derecho a la pensión.
Para Iván Daniel Jaramillo resulta conveniente fortalecer el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, para lo cual resulta idóneo adoptar el sistema de pilares, por el cual todos los afiliados se inscriben en forma obligatoria a Colpensiones y cotizan hasta un tope que se sugiere sea de 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, smlmv asignando a los fondos privados el manejo de su sistema complementario, entendiendo que éstos entrarían a complementar el sistema público de prima media y no a reemplazarlo.
En el mismo sentido deben profundizarse las políticas de formalización laboral para permitir a los ciudadanos construir sus derechos pensionales y contribuir con sus cotizaciones a la viabilidad financiera del sistema, descartando la sustitución del Sistema de Seguridad Social por un modelo asistencial y asimismo descartando la eliminación del Régimen de Prima Media con Prestación Definida para ser reemplazado por el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
Respecto a la posibilidad de permitir la existencia de mesadas pensionales inferiores a un salario mínimo, el Observatorio Laboral considera que debe realizarse un estudio de proporcionalidad y razonabilidad en consonancia con la Constitución (para evitar la contingencia de declaración de inexequibilidad de la reforma), entendiendo que los objetivos de esta medida son principalmente el aumento de la cobertura y la extensión de la garantía de lograr una vejez digna.