Después de tres días de debate y cerca de 27 horas de discusión, fueron aprobados en la Comisión Primera del Senado 27 artículos que según el Ministro Cristo "son los ejes fundamentales de la reforma al equilibrio de poderes".
Sobre la aprobación de la lista única cerrada, el Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, dijo que "el Gobierno no se ha preocupado por ver a quién le sirve y a quién no, simplemente ha pensado en fortalecer el sistema político".
Agregó que es una decisión histórica que además garantiza que la lista única de candidatos al congreso sea cerrada, bloqueada y "cremallera", es decir que la mitad de los candidatos serán mujeres "para garantizar más presencia femenina al servicio del país".
Este artículo, junto con el que elimina la reelección y que fue aprobado este martes, "son los ejes fundamentales de la reforma" según el jefe de la cartera política.
Además de estos articulos, la Comisión Primera ha aprobado la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura que se reemplazará con el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial.
Este nuevo organismo, que estará encargado de administrar la rama judicial, será integrado por la sala de gobierno judicial, la Junta ejecutiva y el director ejecutivo.
-Todos los departamentos tendrán representación en el Senado
Durante el debate también se aprobó el cambio en la circunscripción nacional permitiendo a todos los departamentos del país tener representación en el Senado.
Este artículo fue aprobado como lo presentó el Gobierno en la ponencia pero eliminando, por proposición de la senadora Claudia López, dos incisos, uno que permitía formar parte del Senado a quien haya ocupado el segundo lugar en la elección presidencial y manifieste su intención de que le sea asignada una curul y en donde se exigía a miembros de comunidades étnicas que aspiren a Cámara de Representantes haber sido líder de una organización.
Sin embargo, fue agregado un nuevo artículo propuesto por el senador Carlos Eduardo Enriquez Maya que establece que quienes obtengan la segunda mayor votación en las elecciones de Presidente, Alcalde o Gobernador, hagan parte de la respectiva corporación pública de elección popular, es decir que el segundo en votación a la Presidencia de la República ocuparía una curul en el Senado, en el caso de candidato a Alcaldía ocuparía curul en el Concejo y aspirante a Gobernación haría parte de la Asamblea.
-Se eliminó la reelección del Registrador, el Fiscal, el Contralor y los magistrados
Los senadores de la Comisión Primera también dejaron claridad que ni el Contralor, ni el Fiscal, ni el Registrador, ni los magistrados, se podrán reelegir y tendrán un año de inhabilidad para poder aspirar a cualquier cargo público.
En cuanto al Fiscal General de la Nación quedó establecido que será elegido para un periodo de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia en terna enviada por el Presidente de la República.
La forma de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, establecida en artículo 16 de la proposición, también fue aprobada como lo establece la ponencia con la modificación que indica que si no eligen en menos de un mes, "se configura en falta gravísima".
Asimismo, para la elección de los magistrados de las Cortes y del Consejo de Estado se incrementó el requisito de experiencia a 25 años.
Otros temas:
El artículo que elimina el principio de "verdad sabida y buena fe guardada" para la Contraloría, también fue aprobado, por lo que el Contralor tendrá que exponer por qué toma su decisión, sea cual sea.
La Comisión Primera también estableció la forma para repartir las curules en los casos de los senadores por los departamentos de menos de 500 mil habitantes "la cual se otorgará al partido cuya lista nacional obtenga la mayoría absoluta en el departamento respectivo".
Asimismo, el retiro forzoso de cargos públicos a los 70 años, excepto a los de elección popular.
Durante el debate también se eliminó la propuesta de bajar de 30 a 25 años la edad como requisito para aspirar al Senado.
los condenados por "silla vacía" no podrán contratar con el Estado, ni ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni ocupar cargos públicos.
También fue aprobado el artículo octavo, que establece pérdida definitiva de la curul para el partido a quien pertenezca la persona a quien se le haya proferido orden de capura, sin embargo decreta que las curules podrán tener remplazos temporales por licencia de maternidad ocupando el cargo quien según orden de inscripción le siga.
La discusión continúa este jueves a las 12 del medio día para votar los 11 artículos que faltan.