El de un ciudadano que adeudaba 91 millones de pesos a seis bancos y a una cooperativa fue el primer caso de insolvencia solucionado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
El servicio de insolvencia está a disposición de cualquier ciudadano, que no sea comerciante, y que tenga dos o más deudas con dos o más acreedores, cuya mora sea de 90 días o más, y dos procesos judiciales o más en su contra.
Y es que el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá concretó el primer acuerdo de insolvencia, se trata de una persona natural, no comerciante, que adeudaba 91 millones de pesos a entidades financieras.
En total, seis bancos y una cooperativa financiera se acogieron al acuerdo de pago que se estableció en tres meses y medio. La negociación se desarrolló en cuatro sesiones. Así como este ciudadano, muchos más se pueden beneficiar de este nuevo servicio de Centro de Arbitraje y Conciliación.
El servicio de insolvencia, establecido en la Ley 1562 de 2012, permite a los ciudadanos negociar sus deudas con dos o más acreedores como entidades financieras, empresas de servicios públicos, colegios, entre otros, y establecer acuerdos de pago, en Centros de Arbitraje y Conciliación y notarías.
A través de este servicio se pueden establecer acuerdos de pago, ante la pérdida de un empleo, la disolución y liquidación de la sociedad conyugal o de otras circunstancias similares que se traduzcan en cesación de pagos.
Este servicio está a disposición de cualquier ciudadano, que no sea comerciante, y que tenga dos o más deudas con dos o más acreedores, cuya mora sea de 90 días o más, y dos procesos judiciales o más en su contra.
Cómo acceder
La Cámara de Comercio de Bogotá estableció los siguientes requisitos:
1. Realizar la solicitud del proceso de insolvencia a través del formato que se encuentra en www.centroarbitrajeconciliación.com
2. Radicarla en las sedes Cedritos, Salitre o Centro de la Cámara de Comercio de Bogotá.
3. Pasados 10 días el conciliador le enviará una comunicación indicando si su solicitud fue aceptada.
4. Se programa una audiencia presencial.
Para mayor información consulte el paso a paso en www.centroarbitrajeconciliación.com
Para realizar el trámite el CAC recomienda recopilar información:
• De sus créditos (quiénes son sus acreedores, dónde se ubican, cómo contactarlos, qué tipo de crédito tiene, cuándo se generó, cuándo finaliza, dónde se plasmó, cuál es el capital, cuáles los intereses, si tiene codeudores o fiadores).
• De sus bienes -casa, carro, acciones, moto, finca, ganado, etc.- (cuáles son, dónde están ubicados, cómo se identifican, cuánto valen, si están hipotecados, embargados, secuestrados o son patrimonio familiar).
• De sus procesos patrimoniales judiciales o de cobro por parte del Estado (cuáles son, dónde se ubican, cómo se identifican, qué autoridad lo tiene a cargo, qué calidad tiene –demandante, demandado-).
Con el fin de dar a conocer este nuevo servicio a los ciudadanos, la CCB realizó un conversatorio en el Centro Empresarial Chapinero, donde los ciudadanos mostraron su complacencia por el nuevo servicio en conocer el tema.