En 2,44% suben honorarios de concejales | El Nuevo Siglo
Lunes, 4 de Marzo de 2013

Teniendo como referencia que el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.) del año 2012 fue de 2,44% y que la norma dice que los ajustes al valor de los honorarios que perciben los concejales se hace con base en el incremento que haya tenido el IPC del año anterior, sus honorarios para el año 2013 por cada sesión que asista son $388.395 para municipios clasificados como de categoría especial; $329.091 para municipios de primera categoría; $237.084 en municipios de segunda categoría; $190.812 en municipios de tercera categoría; $159.263 en municipios de cuarta categoría; $128.557 para municipios de quinta categoría; y $97.130 en municipios de sexta categoría.

 

A partir del primero  de enero de 2010, cada año los honorarios de los concejales se incrementarán en un porcentaje equivalente a la variación del IPC durante el año inmediatamente anterior.

En los municipios de categoría especial, primera y segunda, se pagarán anualmente ciento cincuenta  sesiones ordinarias y hasta cuarenta  extraordinarias al año. En los municipios de categorías tercera a sexta se pagarán anualmente setenta  sesiones ordinarias y hasta veinte  sesiones extraordinarias al año.

 

Igualmente, corresponde a las mesas directivas de los concejos municipales, en cabeza de su presidente, enviar oficio dirigido a la Administración Municipal para que se ajuste y liquide el presupuesto de honorarios de la Corporación para la vigencia fiscal 2013 y se hagan las adiciones presupuestales que correspondan.

 

Los honorarios de los concejales son incompatibles con cualquier asignación proveniente del tesoro público del respectivo municipio, excepto con aquellas originadas en pensiones o sustituciones pensionales y las demás excepciones previstas en la Ley 4ª de 1992.