En 2013 se pagará primero impuesto predial | El Nuevo Siglo
Viernes, 21 de Diciembre de 2012

El secretario de Hacienda, Ricardo Bonilla presentó el Calendario Tributario de Bogotá para el próximo año.

El primer cambio que tendrá el Calendario, según lo expuso la Secretaría, con el fin de facilitar la prestación del servicio a los contribuyentes y avanzar más ágilmente en el recaudo, se pagará primero el impuesto predial y luego el de vehículos.

Las nuevas fechas para 2013 quedaron de la siguiente forma:

Impuesto predial unificado

Hasta el 19 de abril de 2013 con 10 por ciento de descuento.

Hasta el 21 de junio de 2013 sin descuento y sin sanción.

 

Impuesto sobre vehículos automotores

Sólo vehículos matriculados en Bogotá:

Hasta el 3 de mayo de 2013 con el 10 por ciento de descuento.

Hasta el 5 de julio de 2013 sin descuento y sin sanción.

 

ICA Régimen Común

Noviembre – diciembre (2012), 18 de enero de 2013

Enero –febrero, 19 de marzo de 2013

Marzo – abril, 19 de mayo de 2013

Mayo – junio, 19 de julio de 2013

Julio – agosto, 19 de septiembre de 2013

Septiembre – octubre, 19 de noviembre 2013

Noviembre – diciembre, 17 de enero 2014

 

ICA Régimen Simplificado

Año gravable 2012, 19 de febrero de 2013

Año gravable 2013, 19 febrero 2014

 

De acuerdo con Bonilla, “más de tres millones de contribuyentes pagaron a tiempo los impuestos predial y de vehículos, lo que representa la cifra histórica más alta en cumplimiento oportuno que fue del 88%”.

El funcionario agradeció a los contribuyentes por este comportamiento ciudadano, que demuestra el alto compromiso de los bogotanos con el desarrollo de su ciudad.

El horario de servicio para el próximo año, según el comunicado de la Secretaría no atenderá la primera semana de enero en la red de Cades y Supercades ni en la línea 195, sino que lo hará a partir del 8 de enero.

Sin embargo, el Secretario de Hacienda aclaró que en los casos que los contribuyentes requieran hacer trámites indispensables (venta de predios, traspasos, etc.) se mantendrá la prestación del servicio en la sede de la Dirección de Impuestos de Bogotá (Av. Calle 17 No. 65 b 95), entre el 2 y el 5 de enero.

También se podrá consultar la página web www.haciendabogota.gov.co, a través de la opción Impuestos en línea, en donde se podrá liquidar el impuesto predial, generar el formulario para el pago en las entidades bancarias autorizadas y cumplir con la obligación tributaria.