Elecciones: militancia ratificaría afiliación | El Nuevo Siglo
Jueves, 9 de Enero de 2014

El día de las elecciones presidenciales, el 25 de mayo próximo, los colombianos además de depositar su voto por el candidato de su preferencia tendrían la opción de llenar una papeleta ratificando su afiliación al partido o movimiento de su predilección.

 

Así lo solicitaron varios partidos políticos al registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez, para aprovechar esta jornada electoral y avanzar de manera efectiva en la consolidación de una información actualizada qué les permita saber cuántos y quiénes son sus afiliados, que ha sido una de las principales falencias de las colectividades en el país hasta el momento.

Sobre el particular el secretario General del Partido Liberal, Héctor Olimpo Espinosa, manifestó que “personalmente con el Registrador le llevé eso (la solicitud), me prometió que lo hacíamos para la elección presidencial porque para esta elección de Congreso, atrasaba un poco la jornada el hecho de hacer un trámite adicional, pero para la elección presidencial, que es mucho más rápida, sí nos lo van a hacer”.

 

Por su parte, el secretario General del Polo Democrático Alternativo, Gustavo Triana, dijo que “al Consejo Nacional Electoral todos los partidos le pasamos una solicitud de que si era posible el 9 de marzo en las mesas se pudiera colocar formatos de actualización de datos de los afiliados. Una persona votaba, pero además quería actualizar sus datos de afiliación al partido”.

 

No obstante, hasta el momento no hay respuesta por parte del Consejo Nacional Electoral frente a esta inquietud de diferentes colectividades políticas, la cual surgió presionada por la urgencia que tienen de entregar a este organismo un reporte con la totalidad de ciudadanos que tienen inscritos como afiliados.

Sin embargo, la realidad es que las colectividades apenas avanzan en este proceso accediendo a un aplicativo que el Consejo Electoral diseñó para contar por primera vez en el país con un registro organizado de la militancia de las formaciones políticas, al punto que les fue imposible cumplir con el plazo de dos meses para allegar dicha información.

Algunos partidos alcanzaron a entregar dentro del plazo señalado un preliminar de la información requerida, como el Partido Liberal, y esperan en los próximos meses, junto con las otras formaciones políticas que aún no han pasado reporte alguno, tener listo un consolidado.

 

En julio pasado el Consejo Electoral por medio de la Resolución 1839 estableció el sistema de identificación y registro de los afiliados a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. Para la materialización de esta disposición el Consejo Electoral puso a disposición de las colectividades un aplicativo que permite la captura y almacenamiento de los datos básicos de sus afiliados y la administración de la información referente a la afiliación, desafiliación y las novedades que se puedan presentar.

Igualmente dicha disposición establece que el Consejo Nacional Electoral llevará un registro de afiliados de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas con personería jurídica.

Para tal efecto, la autoridad electoral le dio a los partidos y movimientos políticos un plazo de dos meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 1839 de julio de 2013 para que reporten, por una sola vez, la información de los ciudadanos inscritos.

Llevar un registro de los afiliados a los partidos es una de las nuevas funciones que la Ley 1475 de 2011 le entregó al Consejo Electoral. Sin embargo, mantener una base de datos con información actualizada y confiable sobre el total de su militancia ha sido un verdadero dolor de cabeza para los partidos políticos en Colombia.

La falta de un pleno conocimiento sobre quiénes son sus afiliados y la falta de una total carnetización es la principal razón para que hasta la fecha las colectividades no hayan podido realizar consultas internas para la toma de las decisiones más importantes sobre candidaturas y plataformas políticas, al punto que deben someterse a hacer consultas populares abiertas a toda la ciudadanía.

 

De esta forma, la Resolución 1839 precisa la normatividad sobre los miembros que hacen parte de las organizaciones políticas, la cual se limitaba hasta el momento a lo señalado por la Ley 130 de 1994, la cual indica que “son afiliados aquellos ciudadanos que voluntariamente inscriben su nombre ante la organización del partido como miembros de dichas organizaciones políticas”.