El 24 de febrero del 2002 se publicó este editorial en EL NUEVO SIGLO, en donde se sentaron las bases delo que debía ser la defensa de Colombia ante las pretensiones de Nicaragua y por qué era riesgoso dejar que el pleito llegara a la Corte de La Haya. Lo reproducimos por su valor histórico:
Colombia y la soberanía nacional
“Como consecuencia de la guerra fría los sandinistas de Nicaragua, para conseguir apoyo popular y hacer demagogia apostaron a enrarecer las relaciones internacionales con Colombia, iniciaron una delirante campaña para discutir la soberanía colombiana en territorios que son históricamente de Colombia en la zona del Archipiélago de San Andrés y Providencia. Todavía sorprende más que los antisandinistas en el gobierno de Nicaragua sean los que entablen la demanda contra Colombia en el tribunal de La Haya.
A nuestro juicio, desde el punto de vista de la historia y del derecho internacional público la soberanía de Colombia sobre el territorio insular de San Andrés y Providencia y el mar es inobjetable, no solamente por Nicaragua sino por cualquier otro país. El gobierno colombiano ha dictado las leyes, las normas y ha ejercido el gobierno en San Andrés y Providencia por generaciones. Nos asisten todos los requisitos establecidos por los países civilizados para garantizar la soberanía y la integridad territorial de los pueblos, reconocidos por las Naciones Unidas y el derecho. Nuestra soberanía en San Andrés ha sido continua desde antes de la independencia de la Nueva Granada. A partir de entonces nos ampara la doctrina del Uti Possidetis Juris, fórmula jurídica de inspiración romana, que fija las fronteras de las naciones de América, según las antiguas divisiones territoriales del Imperio Español en América en el momento de la desmembración. Los países civilizados y la comunidad internacional practican el respeto por los tratados y se rigen por el principio Pacta Sunt Servanda, que sustenta la armonía entre los pueblos e impide que las relaciones internacionales se manejen al capricho de los demagogos, los ambiciosos o los atolondrados de turno. En el derecho internacional público es muy claro que las partes en conflicto no pueden invocar las disposiciones del derecho interno para tumbar los tratados internacionales, previamente acordados, aprobados y vigentes a perpetuidad, como es el caso de las fronteras.
La soberanía de Colombia en la zona de San Andrés y Providencia no depende del tratado Esguerra- Bárcenas, en el cual le regalamos nuestra extensa costa a Nicaragua a cambio de nada. Porque reconocer nuestra soberanía era algo normal, apenas lógico y que tarde que temprano le correspondía hacer. Su reconocimiento o su resistencia a firmar un tratado bilateral al respecto, en nada afectaba nuestra integridad territorial. Dado que, como se ha visto, nuestros títulos y soberanía son anteriores al tratado Esguerra- Bárcenas, ni nuestro dominio en la región se debe a dicho tratado que ni quita ni pone en cuanto a nuestra unidad territorial. Seria un error fatal de nuestra diplomacia, que no va a ocurrir, caer en esa trampa de confundir nuestros títulos, nuestra soberanía y posesión territorial con la vigencia de un tratado. Mas en cuanto, de regresar las cosas al punto muerto antes del tratado, las costas de Nicaragua deberían volver a Colombia.
Recordemos que el Virreinato de la Nueva Granada llegaba hasta la Mosquitia, inclusive. Por órdenes emanadas de Santa Fe. Tal como lo señala el funcionario de la Corona, Fabián Abances, le correspondió conocer e informar de la situación de la zona de Veraguas en 1787, hasta la Mosquita. En uno de los apartes de su informe dice el funcionario citado: “En el nombre de nuestro monarca Carlos III, (que Dios guarde) se hace saber a toda clase de indios la buena armonía que deseamos establecer con ellos; para cuyo fin se desea comparezcan en los buques de guerra que se hallan en este puerto en los que experimentarán lemas, dulce trato y obsequios que sea dable. Intimando al mismo tiempo a (los intrusos) vasallos del Rey de la Gran Bretaña la separación de estas costas; pues en el caso de que sean avisados por nosotros será forzoso llevarlos a disposición del excelentísimo señor Virrey de Santa Fe: cuya capitulación está publicada por parte de su soberano. A bordo de la balandra de S.M. el “Santiago” al ancla de la Bahía de Boca del Toro 12 de mayo de 1787”. Existe un historial importante y olvidado, pero clave sobre nuestra soberanía en la región y como la ejercimos incluso por medio de las armas en tiempos del Imperio Español, particularmente interesante por lo que toca a Providencia. Por tanto, de hecho en el campo militar y administrativo nuestros títulos tradicionales o consuetudinarios en la región serian más antiguos de lo que se reconoce oficialmente.
Además, como Colombia hizo las objeciones del caso sobre aceptación de la competencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, con pleno derecho y criterio político, habríamos podido negarnos a acudir a la notificación de la demanda de Nicaragua contra nuestro país. En especial, porque nos exponemos a una hipotética decisión salomónica, mientras que el moderno derecho del mar nos ampara en todas las eventualidades. La soberanía no se discute, ni se debe aceptar por principio ir a tribunales a donde los aventureros sandinistas nos querían llevar. En estos casos debe prevalecer el instinto nacionalista y la voluntad patriótica, frente a la tendencia recurrente de aceptar pleitos en los términos de la contraparte y en terreno foráneo. En últimas, las fronteras del mundo, por lo general, han sido trazadas a cañonazos y así siguen siendo defendidas del asalto de los codiciosos”.