Miércoles, 1 de Junio de 2016
Retirar no solo el proyecto de ley estatutaria que creaba el Consejo de Gobierno de la Rama Judicial, sino quizás también el que establece la Comisión de Aforados, podría ser el camino a seguir ante el fallo de la Corte Constitucional, le dijo esta noche a EL NUEVO SIGLO el ministro de Justicia, Jorge Londoño.
“Eso es algo que debemos conversar con el ministro del Interior quien es coautor de los diferentes proyectos, no solo del de reforma estatutaria de la Justicia, sino del de la Comisión de Aforados. Como todo tiene implicación en esos proyectos, pues será con el ministro del Interior y consultando al presidente de la República qué es lo que en determinado momento conviene hacer: si continuar con el proyecto o desistir de él”, sostuvo.
Con el fallo, que resucita la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, “la reforma queda bastante fraccionada”, manifestó Londoño, anotando que “precisamente lo que el Gobierno había tratado de implementar era otra forma de administración de la Rama, respetando obviamente la autonomía de la Rama Judicial”.
Como lo informó esta tarde EL NUEVO SIGLO, de manera parcial la Corte Constitucional declaró inexequible la reforma a la justicia contenida en el acto legislativo de equilibrio de poderes.
Por siete votos contra uno, la Corte mantuvo la eliminación de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura pero determinó resucitar la Sala Administrativa al considerar que el Congreso se extralimitó en sus competencias.
Los magistrados aprobaron 7-1 la ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero que pedía declarar inconstitucional una parte de la reforma.
El 8 de septiembre el ciudadano Carlos Santiago Pérez presentó una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 15 al 19 del acto legislativo 02 de 2015, más conocido como la reforma de equilibrio de poderes.
Esta reforma suprimió el inoperante, según el Gobierno, Consejo Superior de la Judicatura, siendo reemplazado por el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, organismos que se encargarán de la administración y el manejo de los recursos en aras de mantener la autonomía que en este campo le garantiza la Constitución a la justicia.
En su escrito el peticionario solicitó, por un lado, la declaratoria de inexequibilidad de la norma demandada y, por el otro, la suspensión provisional de las disposiciones impugnadas.
En este sentido, la demanda argumentó que “los conceptos demandados sustituyen un elemento esencial de la Constitución porque al eliminar el Consejo Superior de la Judicatura y reemplazarlo por el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, se trastocó la estructura del Estado diseñada por el Constituyente del 91 para garantizar la independencia y la autonomía del poder judicial frente a los demás poderes y, particularmente, frente al Ejecutivo”.
Paradójicamente, mientras la Corte tomaba esta decisión en la Comisión Primera del Senado se avanzó en la aprobación del Consejo de Gobierno de la Justicia, con el cual se suprime la Sala Administrativa.
El ministro Londoño explicó que “se aprobó la administración de la Rama Judicial con el Consejo de Gobierno, el cual lo integrarán los presidentes de las cortes, tres magistrados que se dedicarán de exclusivo a esa función, un representante de los jueces y otro de los trabajadores”.