El Gobierno creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, a fin de generar procedimientos más técnicos y sólidos en el otorgamiento de las autorizaciones y a su vez de permitir un espacio de mayor espectro para el escrutinio público. Con anterioridad a 2011, las licencias ambientales se despachaban en una Dirección del Ministerio del Medio Ambiente, después fusionado con el Ministerio de Vivienda.
La creación de la ANLA, al mismo tiempo del nuevo Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se tomó tiempo tanto en su estructuración jurídica como en la inserción del personal y los aspectos tecnológicos que se querían para organizar una entidad de más experticia y capacidad. Se le dio, precisamente, el carácter de Autoridad y no de Agencia a fin de que se dedicara exclusivamente a la operación de las licencias de los proyectos extractivos, de determinado monto hacia arriba, dejando para las Corporaciones Autónomas Regionales las responsabilidades de los de cuantía inferior. En tal sentido ha venido gozando de autonomía con el objeto de responder a los criterios señalados en el Decreto 2820. Eso incluso ha sido aplaudido por la OCDE, cuya recomendación principal no es la restructuración de las licencias, sino la actualización de tarifas e impuestos ambientales.
Al mismo tiempo, la presión causada con la avalancha de títulos mineros otorgados en los mandatos previos, al igual que el auge petrolero, señalaron un incremento geométrico en la solicitud de licencias. Lo mismo ocurrió con los temas de infraestructura vial y energética en los últimos tres años.
Ahora el Gobierno está en vía de buscar la agilización de los procedimientos, institucionalizados en el 2010 y 2011, a fin de que la demanda de peticiones tenga un trámite expeditivo, permitiendo la solicitud de información ambiental adicional por parte de la ANLA, en una sola ocasión. Por lo general, cuando una empresa petrolera, minera, de infraestructura o similares, pide una licencia ambiental debe acopiar los elementos propios señalados en el Decreto, con toda la rigurosidad del caso, y comprometerse a salvaguardar los recursos naturales y el ambiente sano. Siendo en estos casos el deterioro muchas veces irreversible, de lo que se trata es de causar el menor daño posible o compensarlo dentro del ecosistema afectado. De la misma manera, cuando existen etnias susceptibles de consulta, deben destacarse los compromisos correspondientes. En la misma dirección, dentro de las licencias hay que señalar los compromisos con la comunidad en general y los desarrollos respectivos.
Si bien el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha dicho que ya no habrá las denominadas licencias exprés, como se había dicho, la restricción de la información adicional a una sola vez y en solo 20 días, puede ser excesiva. Desde luego, desde hace un par de años se tiene la idea de estructurar procedimientos más expeditos. Y eso está bien. Pero si ello conllevare prácticamente una desregulación ambiental, en un país que ni siquiera tiene el mapeo de sus acuíferos, por lo demás vulnerable como ninguno del cambio climático, otra posibilidad podría ser cerrar la ANLA y retornar a la dirección en el Ministerio.