En tres días será presentada la reforma tributaria del nuevo gobierno al legislativo. Algunos expertos consideran que, a pesar de lo ambiciosa que es la reforma, esta no podrá darle la liquidez necesaria al gobierno para ejecutar los planes y proyectos que se cuecen dentro del nuevo equipo presidencial.
La verdad es que por más premura y acelerador que les apliquen a los proyectos y con toda la diligencia del Congreso para revisar y aprobar temas, de todas formas estos entrarán en vigor en el 2023 y lo más probable es que los recursos ingresen para el siguiente año, es decir, 2024.
Ante esta posibilidad, en EL NUEVO SIGLO consultó a un experto tributarista que prefirió el anonimato, quien señala que dichos recursos obtenidos por la nueva tributaria tardarán en llegar al fisco y a las arcas del Estado para poder hacer uso de ellos.
Tiempos
“Es cierto que el impuesto sobre la renta, por ejemplo, es un impuesto denominado ‘generador de periodo’. Según el artículo 338 último inciso de la Constitución Política de Colombia, las leyes que modifican impuestos de hechos generadores de periodo solo se pueden empezar a aplicar en el período inmediatamente siguiente a aquel en el cual comienza a regir”, comenta.
Por ese motivo el dinero llegaría casi dos años después de iniciado el gobierno, es decir, a la mitad del periodo presidencial de Gustavo Petro. “Por lo tanto, si sale una ley que está de gira en 2022, solo se puede empezar a aplicar en 2023, pero las declaraciones de renta correspondientes al año 2023 se presentan en 2024. En el caso de las sociedades se presentan por ahí en abril y se pagan más o menos entre abril y junio; en el caso de las personas naturales las declaraciones se presentan más o menos en junio-julio y se pagan por ahí en julio y entre junio y agosto o septiembre de 2024, de manera que es cierto lo que dicen”.
Salidas
Por otro lado, algunas voces del gobierno entrante aseveran que se encuentran con una olla raspada en materia fiscal, tesis que ha sido defendida por expertos en la materia que ven cómo el endeudamiento del gobierno central ha llegado a puntos históricos, mientras que Iván Duque ha dicho que se está dejando “una casa en orden”, como también lo manifestó el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, pero con una ardua labor por delante.
Lo cierto es que el gobierno del Pacto Histórico necesita un flujo de caja importante para poner en marcha los programas revolucionarios que planea implementar, y por ello le urge encontrar fuentes de financiamiento.
Según los expertos, esto es un trabajo “de largo aliento”, aunque existen mecanismos que permitirán encontrar el dinero necesario. “Por ejemplo, Ecopetrol este año va a generar unos dividendos muy importantes, estamos en el mejor año de Ecopetrol en mucho tiempo, y va a generar grandes cantidades de dividendos para el Estado colombiano, para sus accionistas, pero ahí va a tener un buen dinero”, indica el tributarista.
Además, se buscarían otro tipo de impuestos de cobros más inmediatos. “Por otro lado les tocaría pensar en impuestos que no fueran ‘De hecho generador del periodo’, al menos del periodo anual, por ejemplo, el IVA, pero ya que han dicho que el IVA no lo van a tocar, van a eliminar el Día sin IVA, pero eso no significa prácticamente nada, eso es muy poco”, sostiene.
Aunque es probable que busquen otro tipo de financiamiento, el experto considera que “pensando en algo así también es posible que en las declaraciones del impuesto sobre la renta que se presenten en el año 2023 correspondientes al 2022, se establezca algún anticipo tributario por cuenta del impuesto que se deba pagar en 2024 y también es probable que establezcan el impuesto al patrimonio, que ya ha sido anunciado, y también dispongan que contra el impuesto a liquidar se debe pagar un anticipo del 2022/23”, explicó el investigador a este medio.
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Qué cambios se realizarían
De otra parte, un informe de la firma Brigard Urrutia contempló cuáles serían los cambios a los impuestos vigentes actualmente, de acuerdo con las declaraciones del nuevo gobierno.
Base de renta: se está pensando aumentar la tarifa sobre la renta para todas las personas naturales que tengan ingresos superiores a $10.000.000. Tenga presente que actualmente la tarifa del impuesto es progresiva (entre el 0% hasta el 39%.)
Eliminación de las rentas cedulares: se eliminaría la determinación cedular del impuesto sobre la renta. Así, todos los ingresos estarían gravados con la misma tarifa, (los dividendos y las pensiones comenzarían a estar gravados a una tarifa entre el 0% al 39% de acuerdo con el nivel de ingresos).
Nuevo límite a las rentas exentas: se propone como límite de las rentas exentas o deducciones laborales, la suma de $ 4.000.000 mensuales ($48.000.000 anuales). Actualmente, se permite tomar como rentas exentas y deducciones el 40% de los ingresos gravados sin exceder de 5.040 UVT ($191.000.000)
Aumento en la tarifa de las ganancias de capital: según lo anunciado por el Gobierno, se aumentaría la tarifa de las ganancias de capital (al 20% o incluso al 35%) aplicable a: (i) la venta de activos fijos poseídos por un término igual o superior a dos años, (ii) las herencias y (iii) las donaciones.
Impuesto al patrimonio: se implementaría este impuesto para los patrimonios superiores a $2.000.000.000 a través de tarifas progresivas que podrán variar entre el 0,25% y el 1%. Así mismo, se tiene contemplado proponer como base gravable el valor comercial o patrimonial (en el caso de las acciones), de los activos que componen el patrimonio. No hay pronunciamientos sobre la forma como se determinaría ese valor.
Personas jurídicas
Los cambios en impuestos para las personas jurídicas serían estos:
-Tarifa del impuesto sobre la renta: se plantea una reducción en la tarifa del impuesto sobre la renta de acuerdo con la calificación de las compañías (pequeña y mediana). Actualmente la tarifa general del impuesto sobre la renta es del 35%.
-Eliminación de beneficios tributarios: Se plantea la eliminación de ciertos beneficios tributarios; sin embargo, no se ha hecho mención respecto a qué beneficios en particular.
Modificaciones de tiempos
De acuerdo con la firma Brigard Urrutia, así serían las modificaciones de tiempos para los nuevos impuestos.
Impuestos de período:
Modificaciones al impuesto sobre la renta: 1º de enero de 2023.
Impuesto de remesas: 1º de enero de 2023.
Impuesto a los activos improductivos: 1º de enero de 2023.
Impuestos instantáneos:
Modificaciones en IVA: a partir de la entrada en vigor de la reforma tributaria.
Impuesto de salida: a partir de la entrada en vigor de la reforma tributaria.
Impuesto a las bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados: a partir de la entrada en vigor de la reforma tributaria.
Modificaciones relacionadas con los delitos penales por infracciones tributarias: en este caso, al tratarse de modificaciones a una norma de carácter penal, podría tener aplicación a partir de la entrada en vigor de la reforma tributaria, pero en ningún caso de manera retroactiva.