En la mayor parte del país, no existen restricciones para que los colombianos aprovechen los descuentos. Sin embargo, en Bogotá solo podrán salir a comprar quienes tengan el último dígito par. Los demás deberán comprar por Internet
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El proceso de reactivación económica del país en medio de la pandemia llevó al Gobierno a acelerar la implementación de los Días sin IVA, tres jornadas destinadas a darle un nuevo impulso al comercio.
En la reforma tributaria de 2019, donde se aprobó esa iniciativa, se contemplaron tres días para tal fin. Por eso, las jornadas se darán el 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio.
Ahora bien, en medio de la pandemia, las autoridades en varias ciudades han implementado una serie de medidas encaminadas a evitar aglomeraciones y que sean menos las personas que permanezcan fuera de sus viviendas.
En Bogotá, de acuerdo con el Pico y Cédula, no podrán acudir al comercio los documentos de identidad que terminen en número impar (1-3-5-7-9).
1. ¿Cuáles son las categorías de los bienes cubiertos por esta medida?
Elementos deportivos
Pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos, espinillas; bicicletas tradicionales y eléctricas, así como zapatos para la práctica de distintos deportes.
Juguetes y juegos
Muñecos que representen personajes, animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas, canicas, patinetas y patinetas eléctricas.
Vestuario
Son las prendas de vestir de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido o calzado, sin tener en cuenta el material de elaboración. Se excluyen las materias primas.
Complementos de vestuario
Bisutería, morrales, gafas de sol, bolsos de mano, carteras, maletines, pañoletas y paraguas.
Útiles escolares
Software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, tijeras, pegante y cuadernos.
Bienes e insumos del sector agropecuario
Semillas y frutos para la siembra, abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antiroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y/o medicamentos para animales, alambres de púas y cercas.
Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones
Televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras y enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar eléctricas, cepillos de dientes eléctricos, calentadores de agua eléctricos, secadores eléctricos. En este punto la DIAN también confirmó que los celulares estarán cubiertos por la medida siempre y cuando no tenga un precio superior a los $2.848.560.
2. ¿Cuántos artículos exentos del IVA puede alguien comprar?
La limitación está dada por el tipo de bien y no por la categoría. Por ejemplo, puedes comprar 3 balones de fútbol, 3 de baloncesto o 3 de vóleibol. Así mismo para cualquier categoría. Otro ejemplo, son los útiles escolares puedes comprar 3 cuadernos, 3 tajalápices, 3 borradores.
3. ¿Cuál es el límite de compra de cada bien exento?
En este punto se debe decir que para saber exactamente cuál es el mayor precio que puede adquirir en cada bien cubierto por la medida un comprador, se debe tener claro que la Unidad de Valor Tributario (UVT) para 2020 es de $35.607, es decir, en el caso de electrodomésticos donde se pone un tope de adquisición de producto de no mayor a 80 UVT, significa que nadie podrá adquirir un producto sin IVA superior a los $2.848.560.
A continuación, el tope por UVT para los distintos bienes cubiertos por la medida:
- Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el IVA. Cada UVT equivale a $35.607 entonces el total es de $712.140.
- Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el IVA, $712.140.
- Electrodomésticos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA, $2.848.560.
- Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA, $2.848.560.
- Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a diez (10) UVT, sin incluir el IVA, $356.007.
- Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el IVA, $178.035.
- Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igualo inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el IVA, $2.848.560.
4. ¿Para los productos que una empresa importa y nacionaliza como industriales (licuadoras, neveras, estufas), también aplica la exención especial del impuesto sobre las ventas (IVA)?
El beneficio o exención del IVA, solo aplica a bienes ubicados en el país y vendidos a personas naturales consumidores finales.
5. ¿Durante los 3 días sin IVA, se consideran como electrónicos los pagos con tarjetas regalo, bonos de papel como Sodexo y Bigpass, o tarjetas recargables?
No, la forma de pago por la venta de bienes cubiertos solamente podrá efectuarse a través de los medios señalados en el Decreto Legislativo 682 de 2020.
6. Durante los 3 días sin IVA, ¿tiene la exención del Impuesto a las ventas a crédito donde se paga una cuota inicial y el restante a crédito?
No, la forma de pago es a través de medios de pago electrónicos autorizados.
7. ¿Los alimentos concentrados para animales están exentos de IVA durante los 3 días sin IVA?
Sí, están incluidos los concentrados y/o medicamentos para animales.
7. ¿Dónde puede denunciar si sabe que un comerciante incrementó el precio del producto para maximizar utilidad durante los tres días sin IVA?
La DIAN confirmó que se podrá denunciar ante la web “http://bit.ly/2Kc8ioL” y la Superintendencia de Industria y Comercio.