Los propietarios de 913.000 predios objeto de la devolución del pago de valorización del acuerdo 180 de 2005, así como los contribuyentes que hicieron depósitos por el acuerdo 451 de 2010 o POZ Norte, empezarán a recibir una comunicación certificada en la que el IDU indicará el procedimiento para el reintegro de unos 200.000 millones de pesos, aproximadamente, recaudados por el Distrito a través de estos cobros para la ejecución de obras de infraestructura vial.
Para llevar a cabo dicho proceso el IDU ha determinado dos cronogramas, el primero: se inicia este lunes con el envío de una carta certificada a los contribuyentes de las localidades que no serán objeto de la reasignación de la valorización en diciembre próximo, es decir, las localidades de Ciudad Bolívar, Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito y Candelaria.
Luego en enero de 2014 se continuará con las localidades de Santa Fe, San Cristóbal, Los Mártires, Bosa, Kennedy, Antonio Nariño y Puente Aranda, y a partir de mayo de 2014 se continuará con las localidades que serán objeto de la reasignación de la contribución de valorización, según el Acuerdo 523 de 2013, en las localidades de Chapinero, Usaquén, Suba, Engativá, Fontibón, Barrios Unidos y Teusaquillo.
Para el efecto se realizará el respectivo cruce de cuentas a los contribuyentes que pagaron la fase II del Acuerdo 180 de 2005 con el nuevo cobro, y según el resultado, si hay saldos a favor del contribuyente, serán devueltos en su totalidad. Si el caso es el contrario, recibirá la respectiva cuenta de cobro.
El IDU, de acuerdo con el estatuto Tributario, tiene hasta 50 días hábiles para hacer la devolución, los cuales se cuentan a partir de radicada la solicitud.
Procedimiento para la solicitud de devolución:
El Instituto de Desarrollo Urbano enviará una notificación escrita a los predios objeto de devolución. Allí se especificará el monto a favor y los requisitos para solicitar la devolución del dinero.
-Para desarrollar este trámite, la persona solicitante del valor a devolver, debe ser el titular del derecho de dominio del inmueble, para la fecha de efectuado el pago de la contribución de valorización.
El ciudadano debe contar con la fotocopia legible de la cuenta de cobro debidamente cancelada u otro documento que acredite el pago de esta contribución, además de una certificación de la cuenta en la cual el IDU transferirá la devolución.
En caso de no poseer cuenta propia, deberá autorizar la consignación del dinero en otra cuenta bancaria, mediante poder notariado con firmas autenticadas.