La secretaria de Hacienda, Beatriz Arbeláez, confirmó que el descuento en el impuesto predial en Bogotá en este 2018 puede llegar al 11%.
Se trata de la suma de dos beneficios, el primero por el pago anticipado y el segundo por notificarse electrónicamente.
Según explicó, “tenemos los mismos descuentos tradicionales, el 10% para todos aquellos que paguen antes del viernes posterior a semana Santa correspondiente al 6 de abril”.
“El 1% adicional es para aquellos que pagan con el 10% de descuento y que se inscriban por la página web, que nos den todos los datos de contacto y se notifiquen electrónicamente”, precisó.
Así mismo la secretaría de Hacienda señaló que los ciudadanos que no puedan pagar de forma anticipada tienen la posibilidad de escoger un pago a plazos del Impuesto Predial, “pero deben reportarlo antes de 28 de marzo”.
De esta manera, se puede acoger a cuatro pagos bimestrales empezando en mayo y terminando en noviembre.
Confirmó que en Bogotá se recaudó el año pasado la suma de $3 billones y se espera que para este 2018 se recaude una cifra similar.
De otra parte, la funcionaria dijo que a partir de este año por primera vez, las empresas y personas naturales que pertenezcan al régimen común, y que en 2016 hayan sumado un impuesto a cargo inferior a $11’633.000, deberán liquidar y pagar solamente una vez al año. Quienes excedan este monto, seguirán pagando bimestralmente.
“Los contribuyentes del Régimen Común que en la vigencia 2016 registraron un impuesto a cargo por concepto de ICA inferior a $11’633.000, deberán hacer su primer pago anual a más tardar este viernes 19 de enero”, anunció la secretaria de Hacienda, al tiempo que recordó que en la misma fecha vence el plazo para el pago del ICA correspondiente al último bimestre de 2017.
En el Régimen Simplificado, quienes realicen actividades comerciales, industriales o de servicios en Bogotá, y hayan obtenido durante 2017 ingresos entre 59’017.000 pesos y 111’507.000 pesos, también deberán liquidar y pagar antes del próximo viernes.
Para efectuar la liquidación y determinar el valor a pagar, se deberá tener en cuenta la información de los ingresos percibidos durante el período y la actividad económica que desarrolla el contribuyente en Bogotá.