LA SUPERINDUSTRIAsigue tras el rastro de los carteles empresariales en el país, esta vez mediante prácticas ilegales en varias zonas marítimas del país. El órgano supervisor formuló pliego de cargos a las empresas Spilbun, Pacific Pilots, Río & Mar Pilotos, Pilotos del puerto de Barranquilla, Servicios técnicos marítimos, Pilotos Marcaribe, Pracymar y Baupres por presunta cartelización al acordar e implementar un cobro adicional del 20 por ciento sobre el valor de las maniobras realizadas por los pilotos prácticos en algunos puertos del país en los que se presta el servicio público de practicaje (asesoría al capitán de un buque).
También están implicados los gremios de empresas y pilotos prácticos conocidos como Acerpac y Anpra, que habrían presuntamente facilitado que sus socios acordaran el referido cobro adicional.
11 altos directivos y ex directivos son objeto de investigación, por presunta colaboración o tolerancia ante las conductas anticompetitivas.
¿Qué se evidenció?
Los servicios empresariales que halló la Superindustria y señaló de anticompetitivos, por tratar de acaparar el mercado con acuerdos de precios, se prestan en zonas marítimas de jurisdicción nacional, específicamente en las capitanías de puerto de Buenaventura, Santa Marta, Barranquilla y Turbo.
La Asociación Nacional de Navieros fue la primera que prendió las alarmas, lo que llevó a la investigación que permitió detectar infracciones sobre la libre competencia económica.
Las multas
Las sanciones en las que incurrirían los implicados, de reconfirmar su conducta anticompetitiva, serían: "a las personas jurídicas una multa de hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a 68.945.400.000 pesos por cada infracción".
Entre tanto, a las personas naturales "una multa de hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales equivalentes a 1.378.908.000 pesos", sostuvo la Superindustria.
Las recientes sanciones
Cabe recordar que en poco más de 3 años, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ha sancionado a 10 mil empresas por 1 billón de pesos. La mayor parte de las sanciones se debe a la violación al Estatuto del Consumidor o cometer prácticas que afectan la libre competencia. En lo que va corrido de este año ya han sido sancionadas más de 200 empresas con más de 17 mil millones de pesos.
Así lo reveló a EL NUEVO SIGLO hace unos meses el Supercomercio Pablo Felipe Robledo.
Robledo señaló que actualmente en la SIC hay investigaciones por presuntos carteles empresariales en pañales, papel higiénico, cuadernos, subastas ganaderas, seguridad privada y cemento y agregó que la entidad recibe aproximadamente 40 mil reclamaciones por parte de los consumidores mientras que hace tres años se recibían tan solo 10 mil, lo que quiere decir que se ha triplicado el número de quejas.
Según Robledo la SIC está concentrada en “agilizar las investigaciones emblemáticas por presunta cartelización para decirle al país si hay o no hay allí carteles empresariales y en combatir con mucha determinación la publicidad engañosa, que es realmente una conducta empresarial bochornosa. Nadie desconoce el valor y los aportes del sector empresarial al desarrollo del país, pero participar en el mercado implica también unas responsabilidades con el sistema económico y con los consumidores, y un enorme respeto por las reglas de juego. Solo así tendremos una clase empresarial sólida, competitiva, con posibilidades reales de conquistar mercados”.
Los consumidores, los más afectados
En los últimos meses, el país ha conocido por las autoridades, que varias empresas han conformado carteles para establecer precios uniformes a sus productos. El último de ellos es el del cartel del papel higiénico. Esta investigación de la SIC, determinó que cinco empresas, Kimberly, Colpapel S.A., Productos Familia S.A., Papeles del Risaralda y Drypers Andina S.A., se pusieron de acuerdo para fijar precios de sus productos durante más de 10 años y de esa forma obligar a los consumidores a pagar más por cada uno de ellos.
Una de estas empresas, Familia, reconoció su error y pidió perdón por su accionar y tiene la posibilidad que por delatar a sus competidores reciba alguna disminución de las multas que debe enfrentar.
Ante esta situación surge la inquietud de ¿quién les responderá a los consumidores, tras haber pagado altos costos por los productos?
El asesor jurídico de la Confederación Colombiana de Consumidores, Andrés Ospina, explicó en su momento a EL NUEVO SIGLO que “la Ley 1480 que es el Estatuto del Consumidor, sólo faculta a la Confederación para tramitar quejas referentes al incumplimiento de una garantía o mala calidad de un producto. Con base en esas facultades legales podemos ayudar a la reclamación. La SIC es la que tiene las facultades legales de inspección, vigilancia y control de precios por lo que nosotros frente a este tema no podemos hacer nada cuando de precios se trata”.
Para el experto, pese a que los consumidores se vieron afectados pagando más de lo que se debía por determinados productos, solo un juez de la República está en la capacidad de determinar si se debe indemnizar o no, “como está establecido en la Ley 1480, el único que puede establecer daños y perjuicios a un consumidor es un juez, lo que podría incluir un daño procesal incluso económico para el consumidor”.
“Si algún consumidor quisiera venir a presentar algún tipo de reclamación no por el precio sino por la calidad del producto le podemos ayudar”, puntualizó Ospina.