Al primerdebate de la iniciativa que crea el Tribunal Nacional de Garantías Constitucionales fueron citados mañana en la Comisión Primera de la Cámara los ministros de Hacienda (Mauricio Cárdenas) y de Justicia (Yesid Reyes) por proposición del representante por Bogotá, Telesforo Pedraza, del Partido Conservador.
Se trata del proyecto número 108 de 2014 Cámara, “por medio del cual se crea el Tribunal Nacional de Garantías Constitucionales en Asuntos Penales y se dictan otras disposiciones”, radicado el 19 de septiembre por el fiscal Eduardo Montealegre y que cuenta con ponencia positiva suscrita por los representantes Óscar Fernando Bravo (Partido Conservador), José Edilberto Caicedo y Elbert Díaz (Partido Social de Unidad Nacional, La U), Silvio José Carrasquilla y Juan Carlos Losada (Partido Liberal), Germán Navas (Polo Democrático) y Edward Rodríguez (Centro Democrático).
<INTERTIT> Cierre
<BODY TEXT> El objeto del proyecto de Ley Estatutaria básicamente es conformar dentro del ordenamiento jurídico colombiano un tribunal como órgano de cierre de los jueces de Control de Garantías, con competencia en todo el territorio nacional, respetando las atribuciones de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia con el fin de unificar y sentar precedente en materia de garantías penales y control de legalidad, además de ejercer la función de Control de Garantías en las investigaciones o procesos penales contra aforados constitucionales.
De acuerdo con los ponentes, las materias contenidas en la iniciativa, objeto de este estudio, cuentan con una conexión razonable y objetiva y se corresponden también con el título de la iniciativa, lo que satisface los requerimientos constitucionales enunciados en los artículos 158 y 169 de la carta política.
En ese mismo sentido, indican los legisladores, la presente se acoge a la disposición constitucional contenida en el artículo 152 numeral b), la cual le confiere al Congreso de la República la facultad de regular por vía Estatutaria lo relativo a la Administración de Justicia. Así mismo, el artículo 251 numeral 4 le atribuye al Fiscal General de la Nación la función de presentar proyectos de ley, razón por la cual, el Congreso es competente para adelantar la regulación de esta materia.
Contenido
Este tribunal estará integrado por tres magistrados con un periodo individual de ocho años, en la que cada uno tendrá una especialidad diferente y deberá integrarse con un experto de cada una de las siguientes especialidades: 1. Experto en Derecho Penal 2. Experto en Derecho Constitucional 3. Experto en Derecho Internacional.
Asimismo, cuando el cargo de Magistrado del Tribunal Nacional de Garantías Constitucionales en Asuntos Penales se encuentre en vacancia definitiva, deberá ser remplazado por un experto en la misma materia que resulta de la necesidad de la integración del Tribunal.
El articulado también indica que “al igual que deben cumplir los mismos requisitos para ser magistrados de una Alta Corte de los establecidos en el artículo 232 de la Constitución Política. Además deberá acreditar dominio de uno de los siguientes idiomas: francés, inglés, alemán o italiano”.
Funciones
El Tribunal Nacional de Garantías Constitucionales tendrá, entre otras, las siguientes funciones: ser juez de Control de Garantías en cualquier investigación o proceso penal que se siga contra un aforado constitucional o legal, unificar la jurisprudencia en materia de garantías penales y control de legalidad, seleccionar para revisión y de forma discrecional las decisiones adoptadas por cualquier juez de control de garantías, proferir sentencias interpretativas, modular los efectos de sus fallos, control material de la acusación que efectúe la Fiscalía General de la Nación, entre otras.
Lo anterior, sin perjuicio de las competencias de la Corte Constitucional como guardián Supremo de la Constitución y de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia como máximo Tribunal de cierre hermenéutico de la jurisdicción ordinaria.
Reparos
En su ponencia, los legisladores señalan que “proponemos incluir su creación en el proyecto de acto legislativo por el cual se reforma el artículo 221 de la Constitución” presentado por el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, y apoyado por el ministro Reyes y el fiscal Montealegre, radicado el 1 de octubre.
Estas modificaciones contenidas en el proyecto, según los ponentes, integrarán la composición de la jurisdicción ordinaria y penal militar, al igual que indica la categoría y proceso de elección de sus magistrados, tanto como el ámbito nacional de su competencia.
De igual forma, señalan “los organismos de cierre de las jurisdicciones tienen competencia en todo el territorio, siendo por lo que se refiere a los artículos 116 y 221 de la Carta Política, órganos de naturaleza permanente”.