RODRIGO POMBO CAJIAO* | El Nuevo Siglo
Jueves, 17 de Enero de 2013

Soberanía popular

 

Con  la Revolución Francesa de 1789 el mundo occidental dio por llamar soberanía nacional a lo que tres siglos antes Francisco Suárez denominaba el poder natural de la comunidad política.

Nótese que los revolucionarios galos inicialmente hablaron de soberanía nacional denotando que era la naciente nación francesa la que ostentaba el máximo poder político, que no la supremacía divina del Creador.

Poco después y bajo una marcada influencia jacobina se decidió imponer en el lenguaje constitucional y político una mutación trascendental: se hablaría de soberanía popular en vez de nacional para denotar que era el pueblo, (un segmento de la población, el segmento más pobre y desposeído) quien realmente ostentaba la titularidad del poder político.

Los efectos de semejante cambio aún hoy nos siguen persiguiendo y Colombia no ha sido ajena a esa realidad. Nuestra Constitución Política, desde el preámbulo, le otorga el poder absoluto y perpetuo (soberanía) al pueblo, sin que, técnicamente hablando, el pueblo exista pues a los ojos de la ciencia el “pueblo” no es más que una ficción jurídica a la que se le imputa el máximo poder político.

Lo curioso es que cuando ese poder se trata de manifestar contra gobernantes provenientes del “pueblo” (¿cuál no lo es?) como es el caso, por ejemplo, de Gustavo Petro o de Hugo Chávez, se ve gravemente limitado, pero si se dirige contra un gobernante de origen aristócrata o burgués, el pueblo no tendrá límite ninguno.

Horacio Serpa, expresidente de nuestra Constituyente, acaba de manifestar públicamente a través de su columna en El Nuevo Siglo, que la revocatoria del mandato de Petro es uno de los siete mecanismos de participación ciudadana (Art. 103 CP) pero que, sin embargo, la misma “no era más que politiquería barata” por cuanto el Alcalde no es delincuente declarado, corrupto o que estuviera incurso en inhabilidad absoluta.

En otras palabras: un expresidente de la primera Constitución política nacional que acoge la revocatoria de mandato como una de las pocas expresiones de la soberanía popular, la limita por cuanto su promotor es un aristócrata y su destinatario un inepto Alcalde de origen popular.

¿Será eso correcto? ¿El derecho y el principio a la igualdad -también constitucional-, así lo permitirán? ¿Es válido, justo y conveniente segregar de tal forma nuestra sociedad por el origen social y el pensamiento político de los gobernantes? El mecanismo está ahí, es constitucional y legal, se inventó para castigar a los malos gobiernos no solamente a los corruptos etc… ¿podemos advertir con altura intelectual que tal mecanismo solamente está llamado a prosperar contra gobernantes aristócratas o burgueses?