Ni piedra ni tijera | El Nuevo Siglo
Lunes, 5 de Julio de 2021

La imagen urbana que dejan los disturbios y la violencia en medio del paro nacional necesariamente eleva la pregunta hasta dónde va el derecho a la manifestación y movilización ciudadana y en especial cómo se asegura su connotación de pacífica.

A primera vista cualquier ciudadano puede tener al menos una pregunta elemental: de cuándo acá el levantamiento de adoquines, llenar las calles o carreteras de piedras y lo más grave usarlas como arma blanca, en especial contra agentes de la policía en incluso contra periodistas, terminó naturalizándose como un uso permitido en la protesta. Como lo es también erróneamente asumido el daño con rayones y pintura a instalaciones públicas y privadas.  

Tal vez para los manifestantes es lo propio. Así se vieron miles de escenas donde la policía en muralla aguanta las agresiones con piedras, que se nutre además de bombas molotov, cuchillos y botellas encendidas. Esto sin dar la estadística de las armas de fuego incautadas.

La decisión del presidente Duque de presentar en la próxima legislatura una ley antivandalismo y antidisturbios es ante todo un hecho político para sublimar y en realidad proteger el derecho relativo, no absoluto, de la protesta pacífica en su coherencia con el respeto a los demás derechos -particularmente el primero, el de la vida-, aunque llenará vacíos que obliguen al aumento de penas y permitan entender tanto los límites como las facultades de control de la misma.

De hecho, el artículo 37 de la Constitución consagra que: toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente y que sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho.

Para la conveniencia de todas las partes: para quienes intervienen, para las autoridades y para quienes no participan debe ser un alivio pensar que se tienen todas las garantías. Incluso, en el 2019, el Partido Conservador presentó, en este orden, el Proyecto de Ley 280 de Senado que seguramente podrá acumularse.

La Ley permitirá limitar esos usos que incitan a la violencia o son violentos de por sí y evitar su naturalización como símbolo de la protesta. Ni la capucha ni el lanzamiento de cualquier objeto peligroso como tampoco el incendio y el involucramiento de menores de edad pueden ser hechos considerados como normales. Menos con dejar las ciudades con una cara gris de deterioro y destrucción cada vez que se asome una protesta.

Se trata de legislar una protesta con deberes. Esos mismos que tenemos relegados al artículo 95 de la Carta Política que consagra como deberes de todos: respetar los derechos ajenos, no abusar de los propios y obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

Piedra, papel o tijera suele ser el juego popular. En este caso ni piedra ni tijera y más bien es en el papel, en la arenga, donde la reivindicación social realmente se sienta. Pero como no agrede violentamente, no gusta.

*Presidente Corporación Pensamiento Siglo XXI

atisbosmariaelisa@gmail.com