JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO | El Nuevo Siglo
Miércoles, 28 de Noviembre de 2012

La autonomía del Distrito

 

Está muy bien que el Presidente de la República y el Alcalde Mayor de Bogotá hayan resuelto reunirse, como lo hicieron el pasado  lunes,  para conversar y ponerse de acuerdo.

Los acontecimientos de la semana anterior no fueron ejemplo de sindéresis, ni de aplicación de los principios constitucionales sobre las relaciones entre el Gobierno nacional y la administración de la entidad territorial de mayor importancia. Definitivamente, no hubo el mínimo respeto hacia la autonomía reconocida constitucionalmente al Distrito Capital, y hay que decir que la respuesta del burgomaestre tenía que ser enérgica -como lo fue-, en defensa de su independencia como gobernante, que además no hacía otra cosa que cumplir una sentencia de la Corte Constitucional, pero el enfrentamiento dio lugar a una situación de hecho muy grave que no se debe repetir hacia el futuro.

En otro aspecto de esas relaciones, los méritos de la doctora Gina Parody -Consejera presidencial para los asuntos de Bogotá-  son muchos. La conocemos desde la Universidad y sabemos de su vocación de servicio y de su preocupación por los muchos problemas de la ciudad capital, pero, con toda consideración hacia ella, la verdad es que el presidente Santos no tenía necesidad de designar -a manera de delegada suya y sin una clara delimitación funcional- precisamente a  una reciente  candidata a la alcaldía en competencia con el actual alcalde, cuyos criterios respecto a los problemas capitalinos y sus soluciones son además  claramente divergentes de los expuestos por Gustavo Petro. Fue éste quien ganó las elecciones con sus propios objetivos y programas, por lo cual, como reza el dicho popular, lo mejor es reconocer que “cada alcalde manda en su año”, y que en un sistema descentralizado y con autonomía de las entidades territoriales -que es el previsto en la Constitución- no encajan los supervisores nacionales verificando lo que hacen o dejan de hacer los mandatarios seccionales o locales elegidos por el pueblo.  Estos se deben sujetar a la Constitución y a la ley, nada más.

Así, aunque la señora Consejera -que lo es del Presidente y no del alcalde- puede aportar mucho en beneficio de Bogotá y sus habitantes, debe quedar claro que su función no puede implicar un control de tutela, o una supervigilancia sobre la administración distrital. Ello, además de inconstitucional, es fuente de problemas como los que -todos esperamos- se acaban de superar.