EXPECTATIVA NACIONAL
En estrados judiciales
VARIAS decisiones judiciales pendientes en las Altas Cortes han puesto al país en vilo en los últimos días. Lástima que en algunos casos se filtren a la opinión pública los proyectos que todavía no han sido aprobados; un eterno problema sin solución, pues da lugar a polémicas innecesarias. Por supuesto, que de un proyecto inicial al final puede haber cambios, modificaciones, sugerencias de inclusión, pues se trata de una providencia que se construye colectivamente, por un cuerpo colegiado.
Lo primero, ya se anunció la sentencia condenatoria para el exministro de Agricultura. Desde la solidaridad humana, lo lamentamos por la desgracia que ello significa para él como persona y para su familia. Pero con lo que si no podemos estar de acuerdo es con la descalificación que, desde algunos sectores, se la ha querido hacer a la Corte Suprema de Justicia, señalando su decisión como política o sesgada, carente de fundamentos probatorios.
Se trata de descalificar a la Sala Penal argumentando que el Ministro no se robó nada. Nada más equivocado; es que la condena no es por robo, es por peculado en favor de terceros y por celebración indebida de contratos. Luego de un amplio debate probatorio fue lo que encontró acreditado la Corte Suprema para proferir su condena y no es de recibo que se venga a descalificar su función institucional, por desconocedores del proceso, que lo que quieren es buscar un efecto político.
En la Corte Constitucional se avecina un pronunciamiento sobre un aparte del acto legislativo conocido como “Marco Jurídico para la Paz”, el artículo 3º. Transitorio, que establece unos límites a lo que se podrá considerarse como delito político y sus conexos. Manuel Marulanda señalaba que la extorsión y el secuestro eran conexos, pues lo que él quería era tomarse el poder por las armas y lo demás era la forma como sus comandantes atendían los gastos de la revolución ¡que despropósito! Para no incurrir en ello, es que se agregó el artículo que dice “No podrán ser considerados conexos al delito político los delitos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidio, cometidos de manera sistemática y en consecuencia no podrán ser elegidos quienes hayan sido condenados y seleccionados por estos delitos”. El proyecto que se pondría a consideración del plenario de la Corte suprime esta limitante, dando carta abierta para la abominable tesis jurídica de Don Manuel. ¡Hágame el favor! ¿Y qué hacemos con el Tratado de Roma?
Otro pugilato se dará en el Consejo de Estado, con la nulidad de la elección del Procurador General de la Nación. Ya hemos advertido desde mucho antes, que si no se aceptan impedimentos fundados en el artículo 126 de la C.N. la elección queda viciada. Además del criterio que las competencias públicas deben ser expresas; si nada se dice no se tiene. Si la Constitución no le da competencia al Senado para reelegir al Procurador, no la tiene. Amanecerá y veremos.
Para rematar, van a revivir en el Consejo de Estado la fallida reforma a la Justicia. Esperemos se declaren impedidos los Magistrados que ampliarían su período a doce años. Ya nos ocuparemos del tema posteriormente.