El libre ejercicio
Una de las conquistas de la civilización es precisamente el ejercicio de la autonomía privada garantizada en los sistemas jurídicos de todos los países libres desde hace más de doscientos años. Fue el baluarte de las conquistas del pensamiento liberal, se entronizó en el Código de Napoleón y hoy la garantizan todos los países que siguen la cultura occidental. En virtud de este postulado todas las personas son libres de buscar consecuencias en derecho, siempre y cuando no vayan contra el orden público y las buenas costumbres.
En virtud de este principio y con lo que venimos entendiendo por "buenas costumbres" desde hace varios lustros, como "moral general", según la interpretación que la Corte Constitucional hizo al artículo 13 de la Ley 153 de 1887, perfectamente pueden las personas, independientemente de cual sea su orientación sexual, decidir convivir, ayudarse mutuamente, apoyarse y compartir la vida juntos.
Así las cosas, cuando la Corte Constitucional ordenó en sus sentencia al Congreso de la Republica reglamentar las uniones entre parejas del mismo sexo, pensamos que por fin se haría justicia ente este sector marginado de la población colombiana, legalizando los efectos que ya la jurisprudencia viene reconociendo, a saber: sociedad conyugal de bienes, porción conyugal, sustitución pensional, derecho alimentario, etc.; estos derechos ya los tienen todas las parejas de todos los matices; la jurisprudencia constitucional los hizo extensivo a las uniones de parejas del mismo sexo, todos los efectos de la uniones heterosexuales. Para esto no se necesita la ley a la que instó la Corte y que se frustró. Lo único es que, cuando es una unión de hecho y no un matrimonio, hay que esperar dos años para que se consoliden estos derechos económicos. Pensamos que la ley solemnizaría dichas uniones para darles un "estatus" y reconocimiento legal y acelerar sus efectos.
El tema de la adopción no está en juego, puesto que en Colombia los solteros pueden adoptar, y ninguna autoridad puede discriminarlos en dicho proceso por su orientación sexual. Se violentarían los derechos fundamentales de las personas.
Acaba de salir la reglamentación del Gobierno que se supone atiende la jurisprudencia y diseña el acuerdo que las parejas de la población Lgtb pueden firmar. Nada más inane, no añade nada a lo que desde hace tiempo ya se podía hacer. Lo único que quedó absolutamente claro es que el Congreso le puso conejo a la Corte y el Gobierno comillas a la ley.