Hernán Alejandro Olano García. | El Nuevo Siglo
Lunes, 30 de Mayo de 2016

¿Perdidos?...No, secuestrados

 

“Hay que decir las cosas como son, sin ambigüedades”

 

 

Causa extrañeza que el idioma se utilice al antojo de los vaivenes de la política y mucho más, cuando se quiere participar como cómplice, copartícipe o encubridor de hechos ilícitos. Lo digo por el Gobierno nacional, pues “el gordito Villegas”, como lo llama Darío Arizmendi, dijo que en el caso del secuestro de tres periodistas, estaban era perdidos, extraviados, eventualmente retenidos, pero nunca secuestrados. Lo propio es que  Salud Hernández y sus colegas de RCN sí estuvieron secuestrados.

En la Sentencia C-328 de 1996, la Corte Constitucional expresó que a los diferentes grupos de la delincuencia organizada se atribuyen, entre otros, los siguientes:

1.    Adquisición ilícita de material de guerra;

2.    Amedrentamiento de la población rural y urbana y aprovechamiento de esa condición para sus propósitos delictivos;

3.    Amenazas y acciones contra la vida, la integridad personal y la libertad de personalidades públicas con el objeto de ejercer influencia política y desestabilizar a las instituciones;

4.    Aumento del control territorial y consiguiente desprotección de los ciudadanos sujetos a su directa influencia;

5.    Destrucción sistemática de la infraestructura productiva del país;

6.    Expansión de los frentes armados y de sus zonas de influencia;

7.    Incremento progresivo de las fuentes financieras, las que se nutren de las actividades ilícitas, como los secuestros y las extorsiones, y el fruto del narcotráfico y la desviación de fondos públicos;

8.    Infiltración en las administraciones locales y aplicación de prácticas coercitivas contra sus funcionarios;

9.    Obstaculización simultánea de importantes vías terrestres y cierre temporal de algunas de ellas;

10.Producción y venta de sustancias psicotrópicas;

11.Tomas de municipios y asaltos a puestos de policía;

¿Cómo querrá llamar el Gobierno ahora a estos delitos?, ¿Dónde están los pantalones para decir las cosas como son y sin ambigüedades?, ¿En qué lugar está el Ministro de Justicia y las altas Cortes expresándose sobre el sin sentido y la sinrazón de la gramática jurídica?

La mayoría de los hechos mencionados revisten carácter endémico, y para enfrentarlas no puede acudirse a medidas de excepción cuya función es la de repeler de manera rápida y efectiva hechos sobrevinientes que afecten de manera excepcional la estabilidad el orden constitucional y se estaría justificando la ineficiencia del Estado para diseñar mecanismos definitivos de solución de las diversas manifestaciones de violencia, so pretexto de la utilización de medidas cuya vigencia compromete el normal funcionamiento de las ramas del poder público y el goce de los derechos y libertades que integran el núcleo básico de un Estado democrático de derecho.

 

hernanolano@gmail.com