El Presidente Santos, indudablemente, insiste en ser un hombre “histórico”. Esa vanidad es propia de la sicología de los políticos. Por esa condición dedican su vida a satisfacer su megalomanía y narcisismo. Este análisis no es improvisado, Juan Manuel suele calificar de “histórico” todo lo que hace. Por ese afán lo hace apuradamente, olvidándosele que “chi va piano va lontano”.
Así ocurrió con el Código Nacional de Policía que entraba en vigencia el 30 del pasado mes y sin embargo, para corregir su error, lo suspendió durante seis meses, plazo que estima necesario para… “traer las bestias”. ¿De dónde surge esa facultad? No lo sé.
El apuro para expedir el Código lo confesó el ponente de la ley, senador Germán Varón Cotrino, en entrevista con Juan Lozano Ramírez, admitiendo que no obstante tratarse de una ley estatutaria se le dio el trámite de ordinaria, seguramente para asegurar su aprobación y evitar el control previo de constitucionalidad. ¡Qué curioso!
Pero el afán no queda ahí. El 9 de diciembre de 2015, el presidente Santos anuncio la integración de una comisión de estudio de la situación de la Policía, ese anunció lo concreto en el Decreto 259 del 16 de febrero de 2016: “La Comisión Consultiva de Alto Nivel, por 90 días, fue integrada por las siguientes personas: 1) En calidad asesores externos los ex ministros defensa nacional, doctores Juan Carlos Esguerra Portocarrero y Luís Fernando Ramírez Acuña y el doctor Jorge Hernán Cárdenas Santa María. 2) En calidad de secretaria técnica, la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia la República, María Lorena Gutiérrez”, ¡ahora en retiro!
¡Qué curioso! Jorge Hernán es el hermano del Minhacienda. Nepotismo ilustrado. El informe de la Comisión ya fue rendido hace rato y se mantiene en secreto y así se le califica, pues la cúpula de la institución está examinándolo con cuidado. ¿Cuáles serán sus objeciones?
La organización cuidadosa e inteligente del cuerpo armado de la policía, encargada de proteger, mediante vigilancia, el orden público, disponía el código derogado, corresponde a funcionarios de carrera, instruidos en escuelas especializadas y sujetos a reglas propias de disciplina.
La nueva ley guarda silencio al respecto. Todo indica que se quiere abolir la diferencia entre policía administrativa y fuerza de policía y entregarle a los uniformados el poder de sancionar, conjunción que pone en riesgo el derecho y la libertad de las personas. Esa fue una de las políticas acogidas en el código anterior, distinguir entre la fuerza (agente) y la administración (Inspector de policía o alcalde), criterio recogido en el artículo 218 de la Constitución Política.
El estudio de la Comisión Consultiva de Alto Nivel se quedó entre el tintero. Se suponía que sus recomendaciones serian analizadas y recogidas en el código, pero no fue así. Se impuso aceleradamente, antes de que se conocieran las ineficiencias, en el reclutamiento y la formación especialmente, del cuerpo armado y ahora juzgador, según el estudio de la comisión.