LA publicación por parte del Ministerio de Defensa Nacional de un proyecto de decreto que tiene el propósito de “reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas” ha dado lugar a un gran debate nacional que cada quién aborda desde su perspectiva de las libertades fundamentales.
Es de reconocer que la reacción mayoritariamente adversa de la mayoría contra el dichoso decreto está plenamente justificada por la pésima presentación pública que los funcionarios a cargo de la medida han hecho. A ello debe sumarse que al partido de éste gobierno, como hacen las autoridades de policía con los delincuentes, la nación colombiana le tiene en cuenta sus “antecedentes de todo orden” que no lo favorecen en nada en materia de libertades públicas.
Un gobierno uribista tratando de reglamentar el tema del uso y posesión de la dosis mínima de drogas estupefacientes es el ingrediente esencial de la tormenta política perfecta. Eso se completa con las desafortunadas declaraciones de la Ministra de Justicia intentando explicar las medidas. Y con las de su colega de defensa y las de todo el extremismo uribista amenazando con hacer trizas la sentencia C-221 de 1994 que desde su adopción por la Corte Constitucional se les ha convertido en una obsesión personal.
Las declaraciones de la ministra, de un talante más asociado a las preocupaciones de las madres de familia de esas sociedades de la moral y la decencia victoriana que a las de una ministra de Estado, no han hecho sino traer confusión al debate. Que los adictos deben cargar una receta médica que los acredite como tales, pero que los médicos no pueden recetar drogas “ilegales”, o que ya no es con receta médica sino con la declaración del padre y la madre dando cuenta de la adicción de su “pequeño”, aunque no aclaró que pasa si no es un pequeño, sino un cuarentón de esos que todavía vive de gorra donde los padres.
Lo más miedoso del proyecto de decreto no es el texto, sino el procedimiento que pretende adoptarse para el efecto. Según lo publicado se pretende aplicar a los decomisos de la dosis personal el “procedimiento verbal inmediato” que supone una admisión de la “infracción” por parte del consumidor y la respectiva sugerencia de asistir a los centros de atención a drogadictos. Muy bonito en la teoría, pero muy distante de lo que ha sido el tradicional procedimiento de la policía de vigilancia en la mayoría de sus procedimientos contra jóvenes consumidores.
A donde realmente va a conducir la medida es a la aplicación “excepcional” de eso que en el procedimiento policial se llama eufemísticamente “traslado para procedimiento policivo” que consiste, simple y llanamente en privar de la libertad al presunto infractor, con la disculpa de llevarlo a la Unidad de Policía para realizarse el procedimiento por infractor.
Y es ahí a donde el uribismo siempre ha querido llegar, a la penalización del consumidor. Porque para esos sacerdotes de la decencia, el pecado de darse en la cabeza no puede quedar sin castigo.