El 17 de julio 2014 el exministro de agricultura Andrés Felipe Arias fue condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema a 17 años de cárcel, multa de 30.000 millones de pesos e inhabilidad para ser empleado o contratar con el Estado. En la sentencia participaron los magistrados Bustos y Malo, implicados en el “cartel de la toga”; Barceló, antiuribista bien conocido, y se dice que una magistrada nunca estuvo en el juicio y sin embargo firmó la sentencia. Era una época de probada persecución judicial contra antiguos funcionarios del gobierno de Uribe. Arias, como dijo Juan Gómez Martínez en El Colombiano, “fue condenado por condenados”.
Los delitos fueron: ser autor de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de un organismo subsidiario de la OEA, el Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA) y de los beneficiarios del programa -no del propio ministro de quien no se comprobó haber recibido un solo peso, ni haber cometido fraude o recibido sobornos-. ¿Cómo fue eso? Firmó, como lo habían hecho132 veces antes los ministros de agricultura, un contrato con el IICA para administrar un programa denominado “Agro Ingreso Seguro” creado para ayudar a los agricultores a afrontar las ventajas y los inconvenientes de los TLC firmados entonces. De hecho, 382.611 agricultores fueron beneficiados, el 84% pequeños, 15% medianos y 1% grandes. Estos últimos habían dividido sus predios para obtener una cuantía mayor -de lo cual se culpó al ministro- y, finalmente, conciliaron, devolvieron esas platas y se fueron a su casa tan campantes.
Como dijo el Wall Street Journal “olvídense de que los asesinos en Colombia no reciben 17 años. Igualmente, que el caso fue oído por una Corte […] politizada, sin apelación” y, añado yo, que los autores de crímenes de lesa humanidad disfrutan de altos salarios en el Congreso por cuenta del mismo gobierno que persiguió a Arias.
El proceso fue de única instancia. A Arias no se le daba el beneficio de casa por cárcel y tuvo que irse a los Estados Unidos como perseguido político porque fungía como candidato del partido conservador para la presidencia.
El ansia vengadora de la Corte no se sació con la sentencia y solicitó su extradición. Un juez federal ordenó su detención y, mientras se decide el tema, Arias está preso en una celda infeliz, privado de la luz del día y con tiempo restringido para ver a su esposa e hijos, ambos pequeños.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dicho que a Arias se le violó el derecho a segunda instancia como ordenan los tratados internacionales (artículo 8,2,h, Convención de San José y artículo 14,5 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos). Pero dicen los medios que el gobierno opina que el sistema de investigación y juzgamiento únicamente por magistrados de la más alta corte colombiana garantiza los derechos de los procesados. Si no fuera en materia tan grave, esta afirmación parecería un chiste.
El presidente Duque dijo a un medio radial que “en este momento (la) acción (de retirar la solicitud de extradición) ya es prácticamente improcedente (…), por (que) ya esa etapa procesal se surtió y en este momento la responsabilidad está en las dos instancias del gobierno americano”.
No es así. En Colombia los gobiernos han dicho que el tratado de extradición no existe porque así lo decretó la Corte Constitucional. Pero con tratado o sin él, el Presidente tiene la facultad de solicitar o no una extradición o de renunciar a ella. Es cuestión propia de su poder.