DIANA SOFÍA GIRALDO | El Nuevo Siglo
Viernes, 7 de Diciembre de 2012

Crimen sin castigo

 

La  condena a cinco años de cárcel por el asesinato de un joven abogado para quitarle un teléfono celular, envía un mensaje desmoralizante a un país donde impera el desprecio creciente por el sagrado derecho a la vida.

Por una cruel ironía, la noticia de esta sanción mínima se conoce el mismo día en que aparecen las estadísticas sobre homicidios, consideradas alentadoras porque hasta principios de diciembre se contabilizan “apenas” 13.209. La  cifra, que escandalizaría a la opinión en cualquier otro lugar del mundo,  se muestra aquí con notoria  complacencia, pues resulta 921 casos por debajo del acumulado en la misma época del año anterior.

Gran parte de esos delitos quedará impune y sus autores seguirán matando, como lo refleja el alto porcentaje de reincidentes y la ínfima cantidad de condenas que, por lo demás, llegan con el retraso habitual en nuestra administración de justicia.

Cada una de las circunstancias que rodean estos hechos le envía al país un menaje perverso.

La mayor parte de los homicidas ni siquiera son capturados abriendo, así, la primera gran puerta hacia la impunidad total.

Solo una pequeña proporción de los casos termina con sentencia condenatoria. La mayoría prescribe o se anula. Otra puerta abierta.

Si el fallo es condenatorio, las sentencias sólo son nominales porque hay múltiples rebajas de pena, que reducen sustancialmente el tiempo de reclusión. Otra puerta entreabierta. Basta empujar con suavidad para abrirla por completo.

Además, el preso permanece en la cárcel únicamente cuando quiere y en las condiciones que quiere. Si se aburre se sale, pues las fugas son también puertas abiertas. Todo esto estimula a actuar con la audacia que da la impunidad y sin temor al castigo.

En ese contexto, las sentencias tienen efectos mucho más allá del juicio en el cual se dictan. Son instrumentos básicos para formar la conciencia colectiva. Se han ido convirtiendo en una advertencia para la sociedad, y les dice a los delincuentes que su sanción es proporcional a la gravedad de su delito.

La decisión que fija una pena de 5 años al menor que participó en el asesinato del joven abogado,  protocoliza ante el público la desvalorización de la vida humana frente a las leyes. Ni siquiera lo condenaron a los ocho que el régimen especial para los menores de edad señala como máximo. Y no olvidemos que son condenas nominales, en las cuales es preciso tener en cuenta las rebajas por buena conducta, trabajo y estudio,  y los beneficios de salidas periódicas y libertad condicional.

Si esto ocurre en un caso que puso en ascuas a la opinión pública ¿qué sucede en los delitos cuyo expediente no merece ni una mención en la prensa?

Para completar, a propósito de la audiencia en la cual se conoció la sentencia, vino a saberse que el menor salió de la detención en octubre pasado, por vencimiento de términos.

Lo único positivo es la noticia de que el acusado asistió voluntariamente a esa audiencia, mostrando por la justicia un respeto mayor que el respeto que ampara, en la práctica, el derecho a la vida.