Una de las falencias que se denuncian con respecto a la agenda del Congreso, para el periodo legislativo próximo a terminar, es el retraso en el trámite del proyecto de reforma al Código Minero, demora que se concluye es la que da pie para el reclamo que el Contralor General de la República, Edgardo Maya, hizo durante su intervención en el Seminario Internacional de Costo y Buenas Prácticas Ambientales, celebrado en Medellín la semana pasada. Dice el funcionario que el Estado debe actuar oportunamente para regular la minería ilegal, entre otras razones, para evitar la perturbación del ambiente.
Coincide esta observación con otro acontecimiento del momento, el proyecto de Roy Barreras que busca evitar que “las consultas previas” no se organicen para justificar maniobras dilatorias que afectan, principalmente, las explotaciones mineras con miras a su legalización y control.
La iniciativa de ley, dilatada, referida a la adecuación del código minero, el ponente alega: “Las situaciones de pobreza y desempleo, sumadas a la falta de oportunidades, hacen que la ciudadanía termine realizando este tipo de actividades ilegales. En muchas regiones, los explotadores ilegales aprovechan las condiciones de alta vulnerabilidad social de la población para utilizarlas, no sólo en el servicio de las labores extractivas, sino también para oponerse y resistirse durante las acciones de control a la explotación ilícita de minerales y daños contra el medio ambiente que realiza el Estado colombiano”
Repasando las historias del régimen minero en Colombia, no es extraño lo que ocurre. Este ha sido siempre un proceso en el que la excepción se convierte en regla que beneficia a unos pocos, en perjuicio de la mayoría. Empezando por el privilegio de los capitales extranjeros. La explotación de las minas de oro, esmeraldas y, más tarde, el petróleo, ha servido para enriquecer intermediarios colombianos que entregan a las potencias la riqueza de la Nación. ¡Recuérdense las concesiones petroleras Roberto de Mares y General Virgilio Barco! Hoy: Minería Texas Colombia.
La regulación de la actividad minera en los comienzos de la República, 1821, se somete a las disposiciones expedidas por la Corona y en agosto de 1823 se expiden las primeras normas que aseguran a los explotadores los derechos adquiridos. En la Carta de 1858, artículo 6°, ordinal 4° se dispuso: “Las minas de esmeraldas y de sal gema, estén o no en tierras baldías son bienes de la Confederación. La de 1886, articulo 202, repite, pero sin perjuicio de los derechos de los poseedores y descubridores”.
El monopolio de los explotadores sigue igual. A protagonistas de la minería de subsistencia, especialmente a los de las minas de esmeraldas, ahora en manos de empresas internacionales, nadie los protege, la ley que busca legalizarla se encaleto, tan arrinconada como la que la Representante Tatiana Cabello, del Centro Democrático, encaletó para que no prospere la defensa de los trabajadores de las empresas de vigilancia. Son las históricas minas de la corrupción.