Cargos contra gobernadora del Quindío | El Nuevo Siglo
Viernes, 26 de Junio de 2015

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra la señora Sandra Paola Hurtado, en su condición de gobernadora del departamento de Quindío y presidente de la E.S.E Hospital La Misericordia de Calarcá (Quindío) por posibles hechos irregulares relacionados con una reunión extraordinaria donde se habrían adoptado decisiones para el ente hospitalario, al parecer, sin el cumplimiento de los requisitos legales para su realización.

 

La decisión señala que la investigada presuntamente omitió informar al entonces gerente del hospital La Misericordia, Luis Carlos Villada Gómez, que se realizaría una reunión extraordinaria el 10 de febrero de 2012, desconociendo al parecer el derecho que le asistía al gerente (Secretario Ejecutivo de la Junta) de participar en aquella sesión y además transgrediendo su función de “Acordar con el Gerente del Hospital el lugar, fecha, hora y orden del día de las reuniones” (Acuerdo 005 de 2009).

 

Al parecer, en desarrollo de esta reunión se habría modificado el Manual de Contratación del Hospital La Misericordia de Calarcá y además, se habría abordado de manera somera el tema de la elección del Gerente del hospital, la cual se adelantaría mediante concurso abierto, teniendo en cuenta que el señor Luis Carlos Villada manifestó su intención de seguir ejerciendo ese cargo.

 

En consecuencia, a juicio del Ministerio Público, la decisión de realizar concurso abierto para proveer el cargo de gerente, al cual aspiraba nuevamente el gerente, “(…) no implicaba ipso facto la separación del cargo y dejamiento de las demás funciones propias del señor Villada como gerente, tan cierto es lo anterior que la Junta Directiva designó a la señora Ana Milena Jaramillo como Gerente ad-hoc, únicamente para el adelantamiento del proceso contractual que culminaría con la provisión del cargo de Gerente, lo que supone que frente a las otras obligaciones o tareas a cargo de Luis Carlos Villada seguían intactas”.

 

Por tanto, si la reunión fue realizada con el único propósito de modificar el manual de contratación del hospital era necesario contar con la presencia del señor Villada quien seguía siendo el gerente de la empresa (Secretario Ejecutivo de la Junta) y acordar con él la realización de la misma.

 

En caso de que fuera trabajar el tema del concurso abierto hubiera podido retirarse el señor Villada en el momento en que se discutiría el trámite y pedir a la señora Jaramillo que fungiera como gerente ad-hoc.

 

A juicio del Ministerio Público, la señora Sandra Paola Hurtado habría incurrido en falta grave a título de culpa grave, al haber adelantado la reunión, presuntamente sin haber informado al gerente de la empresa la época de los hechos, contrariando con su conducta las disposiciones establecidas en los estatutos internos y además, atentando contra las funciones del gerente, quien podía participar con derecho a voz pero sin voto y actuar como secretario ejecutivo de la misma.