Ya un buen número de aspirantes al Congreso ha hecho llegar sus respuestas a las 23 preguntas preparadas por la Corporación Excelencia (CEJ) en la Justicia sobre la Rama Judicial que ilustran sus posturas acerca del particular.
La mayoría de los candidatos respondió negativamente a la pregunta ¿en el evento de que se presentara una próxima reforma a la justicia, tendría que declararse impedido? Sin embargo el representante y cabeza de lista del Polo en la lista a la Cámara por Bogotá, Germán Navas, dijo que sí se declararía impedido para votar “en cuanto tenga que ver con la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Respecto de los demás asuntos que se pudieran abordar no tengo ningún impedimento”.
Por su parte, el senador Roy Barreras e integrante de la lista que presentó el Partido de La U a esa Corporación señaló que “el nuevo Congreso será el Congreso de las grandes reformas. No voté la conciliación de la reforma a la justicia para defender la autonomía de la justicia, la cooptación, las Cortes vitalicias, la despolitización de la justicia y la desjudicialización de la política”.
Frente a la pregunta ¿cree que la reforma constitucional a la justicia solo podría realizarse a través de una Asamblea Constituyente?, el representante a la Cámara y hoy integrante de la lista del Polo al Senado, Iván Cepeda, dijo que la reforma a la justicia es un imperativo, “no sé si de carácter constituyente o constitucional, porque veo que los fundamentos de la Constitución del 91 se han ido debilitando de una manera sumamente sensible en el plano de la defensa de los derechos, en el plano de la relación de los poderes públicos, en el plano de la función de los órganos de control”.
En tanto que a la pregunta ¿impulsaría o votaría afirmativamente una reforma a la justicia que fusione las tres Altas Cortes?, la candidata a la Cámara por Bogotá en la lista del Partido Liberal, Clara Rojas, dijo que “habrá que estudiar con toda profundidad este tema, pues tenemos una tradición muy amplia e importante entre la Corte y el Consejo de Estado principalmente, y determinar de manera precisa sus funciones, particularmente para evitar choque de trenes, como los que se han presentado en el pasado reciente”.
Mientras que a la misma pregunta el senador Barreras respondió que “una Alta Corte con una sala constitucional especializada cuya segunda instancia sea la Sala Plena de esa Corte Suprema que dirima como Corte de cierre, incluso, las tutelas contra fallos judiciales podría resolver al asunto. Pero una reforma de esa naturaleza tendría que consultarse con las Cortes”.
Tutela
Desde la malograda reforma a la justicia que finalmente fue hundida por el Congreso en 2012 por solicitud del presidente Santos, quien argumentó la existencia de micos en el texto, se ha hablado de ponerle límites a la tutela. Incluso el debate sobre el particular se encendió nuevamente ante la llamada tutelatón que surgió como reacción a la decisión de la Procuraduría que destituyó a Gustavo Petro como alcalde de Bogotá y lo sancionó por 15 años para ocupar cargos públicos.
La CEJ les preguntó a los aspirantes al Congreso ¿está de acuerdo con modificar los alcances de la tutela para contener sus excesos?, Héctor Helí Rojas, candidato al Senado en la lista del Partido Liberal contestó que no. Al tiempo que Navas indicó que “la tutela en sí misma no ha tenido excesos; es el mecanismo que ha vivificado el espíritu del constituyente al haber acercado por primera vez en forma eficaz la justicia al ciudadano y es probable que se requieran algunos afinamientos”.
De otra parte, ante el interrogante ¿usted aprobará, en el desarrollo del marco jurídico para la paz, que los miembros de las Farc y eventualmente del Eln, no tengan que pagar cárcel y que la pena se sustituya con otras medidas?, el senador Barreras dijo que “fui el coautor de esa norma y su ponente único. Y ese tema ya está resuelto en el texto constitucional avalado por la Corte. Los máximos responsables de crímenes atroces tendrán que pagar pena y por lo tanto serán inelegibles, los demás pueden ser elegibles, pueden ser sujetos de justicia transicional y de penas alternativas no privativas de la libertad e inclusive pueden tener representación política, si sus delitos no atroces tienen conexidad con el delito político”.