Está por estrenarse un instrumento en el que autoridades nacionales y locales tienen puestas sus expectativas para un desarrollo inusitado de la infraestructura.
Se trata de las Asociaciones Público Privadas (APP) cuyo régimen jurídico, la Ley 1508 del 10 de enero de 2012, fue sancionado hace poco más de 20 días por el presidente Juan Manuel Santos.
El proyecto 144 de 2011 Cámara – 160 de 2011 Senado, “por el cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones”, fue aprobado por la plenaria del Senado en último debate el 15 de diciembre.
La norma establece reglas precisas y claras para el desarrollo de las APP, definidas como “todos aquellos contratos en los cuales las entidades estatales decidan hacer uso de los instrumentos establecidos en la presente ley, mediante los cuales encargan a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento, actividades todas estas que deberán involucrar la operación y mantenimiento de dicha infraestructura.
También podrán versar sobre infraestructura para la prestación de servicios públicos. En estos contratos se retribuirá la actividad con el derecho a la explotación económica de esa infraestructura o servicio, en las condiciones que se pacte, por el tiempo que se acuerde, con aportes del Estado cuando la naturaleza del proyecto lo requiera”.
La idea es incluir el capital privado en el desarrollo total o parcial de obras de infraestructura o en la prestación de servicios públicos y regular la iniciativa privada para tal fin. Expresamente excluyen de esta modalidad contractual los contratos que comprenden únicamente la construcción de infraestructura, por cuanto al sólo incorporar esta actividad en la práctica son contratos de obra pública y en consecuencia deben regirse por las reglas generales del Estatuto de Contratación.
Una modificación importante introducida al sistema contractual es el pago por niveles de servicio que señala el artículo 3° del proyecto, así: “El derecho al recaudo de recursos por la explotación económica del proyecto, a recibir desembolsos de recursos públicos o a cualquier otra retribución, en proyectos de asociación público-privada, estará condicionado a la disponibilidad de la infraestructura, al cumplimiento de niveles de servicio, y estándares de calidad en las distintas etapas del proyecto, y los demás requisitos que determine el reglamento”.
Esta disposición busca establecer una serie de condiciones en la ejecución de los proyectos que permitan conciliar adecuadamente los intereses públicos y privados de tal forma que estos se alineen en busca de una oportuna y eficiente ejecución del objeto contractual, al establecer que la retribución al contratista privado no depende de avances de obra ni de etapas contractuales, sino del cumplimiento de niveles y estándares de servicio, con clara ventaja para los ciudadanos, que son los beneficiarios de la disposición por cuanto el contratista no recibirá pagos o compensaciones hasta que la infraestructura no se encuentre disponible o en servicio.
La norma posibilita la ejecución de proyectos de largo plazo que por su naturaleza requieren un amplio período para que los inversionistas puedan obtener la tasa adecuada de rentabilidad sobre su inversión, buscando en todo caso la mayor eficiencia en la utilización de los bienes y recursos públicos.
El ponente del proyecto, senador Juan Carlos Restrepo de Cambio Radical, asegura que esta iniciativa de origen gubernamental “es importante para el país y principalmente para el desarrollo de la estructura física, pero no solamente para grandes obras de infraestructura vial, sino para muchos sectores y servicios que el Estado ofrece con condiciones muy deficientes”.
El senador Juan Lozano, presidente del Partido Social de Unidad Nacional (LA U), sostiene que la APP “es la forma más expedita para poner a tono al país con revolucionarios sistemas de contratación que se vienen implementando en diversas naciones del mundo en desarrollo de la internacionalización de la economía y de la globalización”.
El senador Restrepo confía en que con este sistema de contratación se cambie el tradicional esquema de concesión: “Es la posibilidad de invitar a que el sector privado participe, se vincule y asuma riesgos con la prestación de servicios”; el congresista destaca que por primera vez los riesgos no los asumirá completamente el Estado colombiano, sino los inversionistas privados interesados en participar en grandes proyectos de ingeniería.
Al respecto, Restrepo sostuvo que “en el país, el modelo de concesiones actual generó crisis, por lo cual hay cuestionamientos severos con respecto a las gabelas que los concesionarios tienen cuando adquieren estos derechos contractuales”; así, lo que la nueva norma “busca es invitar al sector privado para que asuma el riesgo inversionista, sobre todo para aquellos que demuestren capacidad financiera y ejecución de proyectos”.
Sin embargo, el senador Jorge Enrique Robledo, del Polo Democrático, advirtió que la APP forma parte del compromiso de Colombia con los TLC, por lo cual el Gobierno seguirá entregando a las grandes multinacionales las grandes obras de ingeniería del país: “Dejo constancia que este es un proyecto que entrega la contratación pública a los grandes grupos inversionistas y financieros”.
Expectativa
Aunque según Juan Martín Caicedo, presidente Ejecutivo de la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI), “la figura de iniciativa privada existe desde tiempo atrás en la legislación colombiana, sin que los incentivos previstos allí para los particulares hubiera despertado ni motivado el interés de los empresarios”, los Gobiernos nacional y locales tienen puesta su expectativa en el nuevo mecanismo.
Por ejemplo, el gobernador de Cundinamarca Álvaro Cruz y el alcalde de Bogotá Gustavo Petro invitaron al sector privado para que presente propuestas de construcción de la Línea Regional Férrea Ligera bajo la modalidad de APP.
Según Petro, “la ley permite licitación concurso con opción preferencial para el que primero proponga. Por la tecnología, aquí se necesitan saberes de fuera del país integrados a los nuestros; pueden ser Estados o pueden ser empresas, ya lo veremos en particular. Ellos ponen el dinero en un primer lugar pero obviamente nosotros tenemos que pagarlo aquí - Bogotá, Cundinamarca, la Nación-, a través de la ley de Sistema Integrado de Transporte Masivo y las regalías que también se podrían vincular por primera vez de transporte a la región”.
Ya el martes, Petro se reunió con empresarios austriacos para intercambiar información de las APP e invitarlos a participar en estudios de factibilidad para el desarrollo de la ciudad en proyectos de infraestructura, movilidad e hidroeléctricas.