A pesar del empeño que ha puesto el Gobierno nacional en sacar adelante el proceso de la consulta previa de varios de sus proyectos clave, la realidad al día de hoy son pocos los avances, con la excepción de la iniciativa de ley de desarrollo rural.
Mientras tanto siguen sin arrancar iniciativas como la reforma a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), el Código Minero y la reglamentación del mecanismo de la consulta previa, por lo que se dificultaría su radicación este año en el Congreso, como es la prioridad de la administración de Juan Manuel Santos.
En el caso del proyecto del Código Minero ya se iniciaron los diálogos por parte del Gobierno en la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y las Organizaciones Indígenas, con la intención de ponerse de acuerdo para iniciar el proceso de la consulta previa, sin embargo en noviembre pasado, cuando se convocó esta Mesa, los representantes indígenas pidieron unas semanas para discutir este y otros temas en la Cumbre Ideológica y Política de las Organizaciones indígenas del país, inicialmente programada para la segunda semana de diciembre anterior.
Sin embargo, los indígenas pidieron un nuevo aplazamiento argumentando que no alcanzaban a hacer esta Cumbre, por lo que el tema de la discusión sobre el proceso de consulta previa de la iniciativa del Código Minero y la reforma a las CAR tuvo que esperar otras semanas más. Finalmente se fijó para el 5 y 7 de febrero la realización de la Cumbre Ideológica y Política de las organizaciones indígenas del país, que en el Resguardo indígena Escobar Arriba del municipio de Sampués, departamento de Sucre.
En este encuentro los indígenas del país tienen programada abordar la discusión de los retos y desafíos del movimiento indígena contemporáneo, la unidad del movimiento indígena colombiano, la consulta previa y el consentimiento libre e informado, la agenda legislativa, y la realización de acciones conjuntas en materia de resistencia y defensa de los derechos de los pueblos indígenas.
Trancón legislativo
Las dificultades que ha tenido el Gobierno nacional para lograr consensos con los pueblos indígenas frente a la consulta previa de algunos proyectos, ha generado un trancón legislativo pues por la falta de su realización no han podido ser presentados al Congreso.
La consulta previa a las comunidades indígenas y minorías étnicas es fundamental en el trámite de determinados proyectos que puedan tener impacto sobre estas comunidades, pues por su inobservancia en 2009 la Corte Constitucional tumbó el Estatuto de Desarrollo Rural e igual suerte corrió la Ley Forestal. En tanto que en 2010, la reforma al Código Minero corrió igual suerte, también a criterio del alto Tribunal por pasar por alto la consulta previa.
La Corte Constitucionalha precisado que la consulta previa es un derecho fundamental, individual y colectivo de los grupos étnicos, que consiste en la posibilidad que tienen de poder decidir sobre medidas legislativas o administrativas, que los afecten directamente.
Para ese Tribunal la consulta es un derecho fundamental porque constituye un instrumento básico, por un lado para preservar la integridad étnica, social, económica y cultural de las comunidades indígenas, y por otro, para asegurar su subsistencia como grupo social. También así lo señala el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), del cual Colombia es signatario.
Desde finales de 2010 el Gobierno nacional tiene la intención de reformar las CAR, especialmente en lo que corresponde a sus cuerpos administrativos. Primero lo intentó en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica para enfrentar los estragos de las fuertes lluvias, argumentado que estos organismo creados por la Constitución del 91 no cumplieron a cabalidad en materia de medidas de prevención frente a la ola invernal que golpeó gran parte del país en 2010 y 2011.
Sin embargo, la Corte tumbó la prórroga de esta Emergencia Económica, con los cual se cayó el Decreto 141 de 2011, por medio del cual el Gobierno nacional modificó y fusionó varias CAR.
En tanto que el próximo 11 de mayo quedará sin efecto la Ley 1382 de 2010 que reformó el Código Minero, la cual fue tumbada por la Corte Constitucional, aunque difirió por dos años los efectos de esta decisión.
En consecuencia dadas las demoras que se presentan para el trámite de un nuevo proyecto de Código Minero, después del 11 de mayo la actividad tendrá que regirse por la Ley 685 de 2001, una normatividad que no interpreta las realidades de la minería de hoy en Colombia y el mundo