80.000 domiciliarios quedarían sin empleo a corto plazo | El Nuevo Siglo
CERCA DE 120 mil personas trabajan como domiciliarios en el país. /Archivo
Martes, 21 de Marzo de 2023
Redacción Economía

De los 120 mil domiciliarios que actualmente trabajan en Colombia, cerca de 80 mil quedarían desempleados si el texto actual de la Reforma Laboral es aprobado por el Congreso de la República.

Así lo considera el gremio de las Aplicaciones e Innovación Alianza In que alertó sobre el riesgo de destrucción de puestos que operan como repartidores a través de plataformas digitales.

El director ejecutivo de Alianza In, José Daniel López, afirmó que esta reforma debe innovar y dar oportunidades a gran escala, sin cometer irresponsabilidades.

“Acá el dilema no es entre la desprotección y la protección social; sí se puede proteger a los más de 120 mil domiciliarios que trabajan en Colombia sin arriesgar sus ingresos. Este sector económico cumple una importante función social (para varios grupos poblacionales) y está comprometido y listo para darse la pela y mejorar la formalización y protección de los repartidores”, aseveró.

Así mismo, reveló las propuestas que se le hicieron al Gobierno Nacional y que no se tuvieron en cuenta en el documento radicado ante el Legislativo.

Entre ellas está pagar la afiliación a riesgos laborales de repartidores que ganen más del equivalente a un salario mínimo; pagar un paquete de seguros que cubra accidentes, salud, RCE, entre otras, obligatorio para los repartidores que ganen menos del equivalente a un salario mínimo y una concurrencia entre trabajadores y empresas para pagar salud y pensión.

Exigencias

Agregó López que la propuesta del Gobierno Nacional busca implementar la laboralidad forzosa, lo que significaría que las empresas que administran las plataformas tendrían que contratar a todos los repartidores, con subordinación, horario e ingreso fijo, acabando con la principal y más efectiva fuente de trabajo, que permite tener determinación del tiempo. 

“Se le pone una bomba atómica a una industria que produce autoempleo a gran escala. Si me quedo desempleado hoy, puedo trabajar mañana como repartidor. Pero si se aprueba la reforma laboral como viene, me tocaría enviar una hoja de vida y esperar a ver si me llaman”, indicó.

López señaló, además, que las empresas más afectadas serían las plataformas locales y medianas.

“Hay más de 75 mil comercios aliados registrados, y con la aprobación de esta reforma estimamos entre 300 mil y 600 mil órdenes mensuales menos, así como pérdidas entre $216 mil millones y $432 mil millones anuales”.

El dirigente gremial invitó al Gobierno y al Congreso a reflexionar y a estudiar el tema. “Podríamos cometer una masacre laboral sin precedentes”, concluyó.

Sin estructura

De otra parte, el exvicepresidente Germán Vargas Lleras habló dijo en Caracol Radio que la reforma “no está pensada, ni estructurada para enfrentar el problema de la informalidad”, teniendo en cuenta que en Colombia hay más de 9 millones de personas que trabajan bajo esta modalidad y el indicador de desempleo ya supera el 13%.

Para el exvicepresidente, esta reforma profundizaría la informalidad y afectaría al comercio que representa el 26.5% del empleo nacional, sobre todo a las mypimes que no tendrían la capacidad para absolver los costos que generaría pagar la contratación de más personal.

“Esta reforma eleva los costos laborales entre un 30% a 35%, y los que más van a sufrir son las pequeñas y medianas empresas que representan el 80% de la fuerza productiva del país”, dijo.

“Es una mala idea introducirle tanta rigidez a la contratación. Si la gente compra menos, también disminuiría la capacidad del sector productivo para generar empleo, y si a eso le sumamos la entrada de las reformas, más la incertidumbre, los niveles de inflación y las altísimas tasas de interés, la gente va empezar a despedir a sus trabajadores con justa causa o sin ella”, afirmó Vargas Lleras.

El exvicepresidente dijo que la idea de realizar contratos a término fijo a los trabajadores de plataformas digitales para convertir a 130.000 empleados en fijos, afectaría a los comercios, a cerca de 2.5 millones de usuarios y 8 millones de pedidos.

Complacencias

Para Vargas Lleras, el viceministro del Trabajo, Edwin Palma, “habla más como un sindical que como un viceministro”, y esto no ayuda a los trabajadores de plataformas digitales que trabajan pocas horas en esa actividad porque son población migrante, estudiantes o desempleados que no necesitan de un contrato que los obligue a cumplir con un horario y les quite su independencia.

“En mi criterio, la reforma está pensada para complacer a 1.2 millones de trabajadores que están sindicalizados, y más que este proyecto autoriza las huelgas de manera indefinida, lo que va a conducir a mayor afectación a la sociedad porque harán huelgas sin reglas y por cualquier razón”, aseguró.

Lo que dice el proyecto

Una de las principales propuestas de la reforma es la eliminación de los contratos por prestación de servicios y la limitación de los contratos a término fijo y de otra labor para priorizar los contratos a término indefinido sobre otras modalidades de contratación, esto con el fin de garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores.

Las horas extras estarían limitadas a 12 horas por semana y tampoco podrían exceder las 2 horas diarias. Por otro lado, se busca cambiar la jornada nocturna, que actualmente empieza a las 9 p.m. y termina a las 6 a.m. y pasaría a ser desde las 6 p.m. hasta las 6 a.m., estas horas extras se pagaría en su totalidad.



Adicionalmente, el recargo dominical y festivo tendría que ser pagado 100% en vez del 75% actual. De acuerdo con Acopi (Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) y Fenalco (Federación Nacional de Comerciantes), estos últimos dos puntos representarían un incremento de entre 30% y 35% de los costos laborales.

Respecto a plataformas digitales, como Rappi y Uber, con el objetivo de proteger a los trabajadores de estas aplicaciones la reforma establece que estas tendrían que afiliar a los trabajadores en el sistema de seguridad social, además de reportar el número de horas trabajadas durante el mes. Finalmente, se prohíben los contratos colectivos con organizaciones sindicales y se crea la modalidad de jornal agropecuario (para contribuir con la formalización en el sector rural).

La SIC multa a Rappi

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, confirmó la sanción impuesta por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor contra Rappi S.A.S., por $1.245 millones.

La SIC en primer lugar, reiteró que Rappi S.A.S., tiene la condición de proveedor en los términos establecidos en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), por tal razón está llamada a cumplir las obligaciones descritas en los artículos 6, 23, 29, 30 y 52 de dicho Estatuto, relacionadas con la calidad e idoneidad del servicio, responsabilidad por la publicidad e información mínima que suministra a los consumidores, así como la obligación de protección de los niños, niñas y adolescentes en el comercio electrónico. 

Luego de la valoración de las pruebas recaudadas en la investigación administrativa y que conllevó a la respectiva sanción, se encontró que Rappi S.A.S., había vulnerado las normas de protección al consumidor relacionadas con la calidad del servicio al generar doble cobro a los consumidores, incumplimientos en la entrega y cancelaciones de pedidos.

En lo relacionado con la información y publicidad engañosa se verificó que Rappi S.A.S. omitió la leyenda de advertencia en la publicidad de productos nocivos para la salud, dado que no incluyó en la publicidad de bebidas alcohólicas, información acerca de su nocividad ni se informaba acerca de las condiciones para su correcto consumo y sus contraindicaciones.

En ese mismo orden, frente a la falta de información sobre el tiempo de entrega de los productos, se encontró que Rappi S.A.S., no indicó a los consumidores que el tiempo suministrado para la entrega era un estimado, creando en ellos la expectativa acerca de que los tiempos informados son precisos, por lo que se consideró que se trata de información no veraz. 

Sostiene la SIC que se observó que Rappi S.A.S., no implementó las medidas posibles para verificar la edad de los consumidores al momento de la entrega de productos nocivos para la salud, como son las bebidas alcohólicas.