Árbitros online: nueva herramienta de justicia | El Nuevo Siglo
Miércoles, 28 de Agosto de 2013

Problemas por el incumplimiento del contrato con arrendatarios, líos con proveedores por la entrega de productos por fuera de las condiciones pactadas, inconvenientes por las entregas pactadas con  proveedores, serán algunas de las controversias que los colombianos podrán solucionar de manera eficiente, rápida y barata gracias al arbitraje on line.


Por ello, la Presidencia de la República y el Ministerio de Justicia firmaron hoy el Decreto 1829 del 2013, que reglamenta el arbitraje on line para Colombia, lo que permitirá que de manera ágil, pronta y oportuna se puedan resolver conflictos por internet, con laudos proferidos por árbitros virtuales.


“Trayendo experiencias del derecho comparado el Gobierno lleva a Colombia a incursionar en mecanismos de acceso a la justicia que permiten a todos los compradores de bienes y servicios, sin importar el monto, reclamar de manera fácil y oportuna el respeto de sus derechos. El arbitraje on line nos llevará a incursionar en una nueva era para la justicia colombiana, estaremos a la vanguardia de los países más competitivos”, indicó la Ministra de Justicia, Ruth Stella Correa.


Esta norma podrá ser aplicada cuando una de las partes incluya en el contrato o acuerdo la cláusula que permita la opción de pacto arbitral, especialmente en los contratos de adhesión, y así someter su litigio al arbitraje on line cuando la otra parte lo acepte expresamente y decida acudir al respectivo centro de arbitraje a instaurar la demanda.


La implementación ya cuenta con aliados como Fenalco y la Cámara de Comercio de Bogotá, que buscarán que todos los comerciantes hagan parte de una estrategia para promover las buenas prácticas y el acceso a la justicia, mediante la inclusión de esta opción de pacto con los elementos previstos en el Decreto 1829. De ser implementado por los comerciantes, con tan solo las facturas, por ejemplo, se podrá iniciar la reclamación.


Actualmente, el país cuenta con 126 Centros de Arbitraje activos que podrán implementar la solución de controversias on line: en Bogotá hay 31, en Cali 17, en Medellín 11, en Cartagena 4 y en Pereira, Villavicencio y Bucaramanga hay 3. Estos Centros han atendido durante los últimos tres años 1.461 trámites de arbitraje, cuyas pretensiones alcanzan los 36 billones de pesos.


"Los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos son herramientas fundamentales para resolver controversias en el país. Por ello, el Gobierno quiere fortalecer su implementación para que todos los colombianos tengan acceso a estos mecanismos, a través de una plataforma tecnológica de avanzada y mejores herramientas normativas”, indicó la funcionaria.

Durante la presentación de la Encuesta Nacional de Necesidades Jurídicas, la Ministra de Justicia explicó que el inicio de estos procesos tendrá un costo mínimo, que será fijado de acuerdo al valor de la pretensión y que será girado al sostenimiento del Centro de Arbitraje que preste el servicio.

“El reto inmediato para la implementación del presente Decreto está en que los Centros de Conciliación inicien la construcción de una plataforma tecnológica que permita notificaciones a través de correos electrónicos o mensajes de texto al celular, que permita la celebración de audiencias a través de videoconferencia y la expedición de laudos que sean comunicados a las partes en tiempo real”, indicó la Ministra.

La jefa de la cartera de justicia agradeció el apoyo ofrecido por parte de Fenalco y de la Cámara de Comercio de Bogotá para la implementación de la reglamentación, que permitirá que los laudos arbitrales dejen de ser para los grandes litigios, gracias al arbitraje en línea. “Seguimos cumpliendo con el compromiso de este Gobierno de llevar la justicia a todos ciudadanos, a través del fortalecimiento de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos”, concluyó.
ABECÉ DEL ARBITRAJE ON LINE
¿Qué es arbitraje on line?
Es un Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos que permitirá dirimir controversias originadas en la actividad comercial con el apoyo de un sistema de información, aplicativo o plataforma. La idea es que el proceso se adelante de forma virtual. La reglamentación de la Ley es la que el Ministerio de Justicia está lanzando y pone de manifiesto la manera en que la medida debe ser aplicada.

¿Qué casos deben ir a árbitros?
Cualquier tipo de contrato o acuerdo fijado en el que se considere el incumplimiento de una de las partes. No tiene mínima ni máxima cuantía demandada por la parte.

¿Qué perfil deben tener los árbitros?
Según lo estima la Ley 1563 del 2012, el árbitro debe ser colombiano y ciudadano en ejercicio; no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, ni estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o haber sido sancionado con destitución.

En los arbitrajes en derecho, los árbitros deberán cumplir, como mínimo, los mismos requisitos exigidos para ser magistrado de Tribunal Superior de Distrito Judicial, sin perjuicio de las calidades adicionales exigidas por los reglamentos de los centros de arbitraje o por las partes en el pacto arbitral.

Los Centros de Arbitraje que ofrezcan el servicio de Arbitraje Virtual podrán tener una lista especial conformada con los árbitros que se dediquen a esta forma de arbitraje.

¿Cómo serán las audiencias?
Las audiencias en el Arbitraje Virtual se realizarán íntegramente a través de videoconferencia, teleconferencia o por cualquier otro medio de comunicación simultánea, según lo determine el tribunal o el árbitro único. El Centro de Arbitraje dispondrá lo pertinente para la grabación y conservación de las audiencias que se surtan a través de estos medios. Así mismo, la notificación se realizará por medios electrónicos, a través del correo electrónico u otros mecanismos de comunicación virtual, como los sistemas de mensajería instantánea.

¿Qué decisión se toma al final del arbitraje?
El resultado del arbitraje es una decisión denominada laudo, (equivalente a la sentencia emitida por el juez) que dirimirá el conflicto entre las partes.

¿Por qué es importante que los comerciantes se acojan al arbitraje on line?
Que los comerciantes se acojan al programa de arbitraje en línea es una alternativa que permitirá la solución rápida y efectiva de las controversias, garantizará el acceso a la justicia de los ciudadanos y la descongestión en los despachos judiciales.

¿Cómo se puede acceder al arbitraje on line?
Con la reglamentación proferida por el Gobierno Nacional, la idea es que en los contratos de adhesión, se incluya la opción de pacto arbitral, y la parte a quien se concede dicha opción podrá rechazarla o aceptarla con la presentación de la reclamación ante el centro de arbitraje respectivo.

¿Qué es un contrato de adhesión?
Son los contratos elaborados unilateralmente por una de las partes y cuyas cláusulas y/o condiciones no pueden ser discutidas libre y previamente, limitándose estos a expresar su aceptación o a rechazarlos en su integridad.

¿Quiénes ofrecerán el servicio de arbitraje virtual?
Actualmente, el país cuenta con 126 Centros de Arbitraje activos que podrán implementar la solución de controversias on line: en Bogotá hay 31, en Cali 17, en Medellín 11, en Cartagena 4 y en Pereira, Villavicencio y Bucaramanga hay 3. Estos Centros han atendido durante los últimos tres años 1.461 trámites de arbitraje, cuyas pretensiones alcanzan los 36 billones de pesos.