Afros evalúan regulación de consulta previa | El Nuevo Siglo
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Viernes, 25 de Noviembre de 2016
Redacción Política

Una de las primeras decisiones en las que deberá participar el recientemente creado Espacio Nacional de Consulta Previa con la población afrocolombiana es la reglamentación de este derecho para todas las comunidades étnicas del país, para lo cual el Gobierno nacional ya tiene listo un proyecto de ley que espera radicar el año entrante en el Congreso.

Con este fin el Ministerio del Interior convocó a los delegados del Espacio Nacional de Consulta Previa de Medidas Legislativas y Administrativas de Amplio Alcance, susceptibles de afectar a la población Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera, a la sesión que se llevará a cabo del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2016 en la ciudad de Cali, Valle.

La reunión tiene como objetivo iniciar el proceso de consulta previa del proyecto de ley estatutaria por la cual se reglamenta el derecho fundamental a la participación de las comunidades étnicas en la consulta previa.

Vale señalar que el Gobierno nacional tiene que llevar a consulta previa este proyecto no solo con la población Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera sino también con las demás minorías étnicas del país reconocidas por la Constitución, como son las comunidades indígenas y las ROM.

No obstante la reglamentación de la consulta previa a las minorías étnicas, producto de proyectos de ley u obras de desarrollo que puedan impactar su ambiente o forma de vida, había estado frenada porque desde 2011 no existía el espacio de interlocución entre el Gobierno nacional y la población afrocolombiana.

Las dificultades para mantener el canal de comunicación entre el Ejecutivo y la representación del pueblo afro empezaron en el año 2011 a raíz de un fallo del Consejo de Estado, en el cual define que las comunidades negras son aquellas que tienen consejos comunitarios y títulos colectivos. Con esa jurisprudencia en mano el Gobierno produjo dos resoluciones en las que conformaba una Consultiva de Alto Nivel integrada por 22 representantes de consejos comunitarios.

Sin embargo, estas resoluciones fueron demandadas ante la Corte Constitucional por las comunidades que fueron excluidas porque no tenían títulos colectivos. El Alto Tribunal  dio la razón a estas poblaciones y ordenó al Gobierno nacional desarrollar un censo de la etnia afro y reconformar la alta Consultiva dando cabida a las comunidades que no tenían título colectivo.

En ese sentido en la sentencia T-823 de 2012, la Corte Constitucional ordena al Ministerio del Interior  expedir nuevas directrices para llevar a cabo las elecciones de los representantes de las comunidades negras ante la Comisión Consultiva de Alto Nivel y suspender  todos los procesos de consulta previa de medidas legislativas y administrativas que se estaban adelantando.

Finalmente este año y luego de sortear múltiples tropiezos se logró conformar en los términos que estableció la Corte el Espacio Nacional de Consulta Previa con la población afrocolombiana.

El director nacional del Movimiento Nacional Cimarrón, Juan de Dios Mosquera, le dijo a EL NUEVO SIGLO que “es un proyecto de ley que el Gobierno debe elaborar a partir de una orden de la Corte Constitucional para regular la consulta previa ante todos los inconvenientes y problemas que se han venido presentando con este derecho”.

Mosquera dijo que la regulación en este sentido es necesaria porque “lo que ocurre es que lo que el Gobierno ha venido haciendo como consultas previas son solamente unas reuniones de socialización, no es un procedimiento informado, previo, donde la gente de una manera responsable, tanto en las comunidades como a nivel de los espacios de participación, pueda hacer un estudio sobre el impacto de los proyectos y puedan también hacer unas recomendaciones, y tomar una decisión”.

 

El proyecto

La iniciativa de ley reglamenta el derecho fundamental a la consulta previa, establecida en la Ley 21 de 1991 y de manera general en el numeral 2 del artículo 40 y el parágrafo del artículo 330 de la Constitución Política, concordante con el artículo 46 de la Ley 1437 de 2011.

En ese sentido adopta el procedimiento especial para realizarla; se crea la Unidad Administrativa Especial para la Consulta Previa y se dictan otras disposiciones.

El proyecto establece que el Estado colombiano a través de la Agencia para la Consulta Previa procederá a iniciar, desarrollar y culminar el procedimiento participativo, a solicitud de parte interesada, con las comunidades étnicas certificadas dentro del área de influencia.