Aforados procurador, contralor y defensor | El Nuevo Siglo
Martes, 14 de Abril de 2015

La propuesta  de incluir entre los aforados al procurador fue aprobada ayer al final del quinto debate (primero de la segunda vuelta) del proyecto de equilibrio de poderes.

Aunque el Gobierno nacional no estaba de acuerdo con la inclusión de este artículo, planteado por los partidos Conservador y Centro Democrático, las mayorías se impusieron, ampliando el fuero al contralor y al defensor del Pueblo.

Los funcionarios aforados son, por una parte, el presidente, el vicepresidente y los integrantes de la comisión de aforados, y por otra el fiscal y los magistrados, grupo que fue el que amplió. En el primer caso, la investigación la hará una comisión accidental de la Cámara; en el segundo la investigación la hará la comisión de aforados. En ambos casos, la acusación se presentará ante el Senado si se trata de hechos de indignidad, o se trasladará a la Corte Suprema si hay delitos.

Para el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, con la decisión se corre el riesgo de que en los tres debates restantes se pida extender el beneficio al registrador.

La Comisión decidió que la definición de competencias entre las cortes las dirime la Corte Constitucional, cosa que antes hacía el Consejo Superior de la Judicatura, que desaparece.

Para el ministro Cristo, “fue un debate  juicioso, se hizo un estudio muy profundo. En manos del Congreso está una decisión que demuestra al país que no hay que acudir a mecanismos extraordinarios para hacer reformas a la Constitución. Hay unos puntos en los que está de acuerdo el Gobierno y otros no, pero de eso se trata".

Dentro de lo aprobado, Cristo destacó seis cambios en el sistema político y diez en la justicia.

 

Cambios en el sistema político

 

1.    La eliminación de la reelección del presidente de la República, del defensor del Pueblo, del procurador, del registrador, del fiscal y de los magistrados, que según el ministro Cristo “es el eje fundamental de la reforma para equilibrar realmente los poderes”.

2.    Asignación de curules en Senado, Cámara, asambleas y concejos para los candidatos que obtengan la segunda mayor votación en las elecciones a Presidencia, Vicepresidencia, gobernaciones y alcaldías, respectivamente.

3.    Se amplía la aplicación de la sanción de la silla vacía para los miembros de corporaciones públicas condenados por delitos contra la administración pública, por delitos por pertenencia, promoción o financiación de grupos armados y delitos  de lesa humanidad.

4.    Se garantiza una curul en la Cámara de Representantes para los raizales de la Islas de San Andrés y Providencia.

5.    Se garantiza curules en el Senado para San Andrés y Providencia  y los departamentos que antes eran los antiguos territorios nacionales que nunca han tenido vocería en la cámara alta, es decir, una para Putumayo, Caquetá y Amazonas; otra para Vaupés, Guainía, Guaviare y Vichada; y una tercera para Arauca y Casanare.

6.    Se elimina el voto preferente y se fortalecen los partidos con listas cerradas “sin volver al bolígrafo” porque se condiciona su aplicación a una ley estatutaria que garantice los mecanismos democráticos para la integración de esas listas. "Ha sido muy dañino para la democracia el voto preferente. Si a la lista cerrada, no al bolígrafo", dijo el ministro Cristo.

 

Cambios en la justicia

 

1.    Se prohíbe expresamente el “yo me elijo y tú me elijes” entre magistrados de altas cortes y también con los órganos de control, es decir que los servidores públicos no podrán  contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo.

2.    Se obliga a que toda elección en corporaciones públicas deba tener previamente una convocatoria pública para asegurar control social y transparencia en la elección a través de la meritocracia.

3.    Se elimina la Comisión de Investigación y Acusación y se crea una comisión de aforados compuesta por cinco magistrados, solo para nuevos casos. Se separa claramente responsabilidad política de responsabilidad penal y se simplifican trámites. Los trámites que adelante  la Comisión de Acusación pasarán de manera inmediata a la de aforados. Además de investigar a los magistrados de la Corte Suprema, Constitucional, Consejo de Estado y fiscal general, por solicitud del legislativo también acogerá al procurador, al defensor y al contralor. El control  de garantías de aforados será ejercido por el Tribunal  Superior de Bogotá.

4.    Se establece como norma general la meritocracia para la elección de nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

5.    Se aumentan requisitos, calidades y condiciones para la elección de magistrados de las Cortes.

6.    Se inhabilita a los magistrados que salen de una Corte para litigar ante la misma corporación por un término de cinco años.

7.    Se elimina el Consejo Superior de la Judicatura y se crea un nuevo sistema de gobierno y administración de la rama  con expertos en administración pública y no salas de magistrados. Se crea la Dirección de la Magistratura.

8.    Se elimina la Sala Disciplinaria del Consejo de la Judicatura y se crea Tribunal la Comisión Nacional de Disciplina Judicial con  siete magistrados elegidos por Congreso pleno. Esta comisión examinará la conducta y sancionará las faltas de funcionarios de la rama judicial y de abogados en ejercicio de su profesión, igualmente dirimirá los conflictos de competencias que ocurran entre las distintas jurisdicciones.

9.    El contralor general no será postulado por las cortes ni los territoriales por los tribunales.

10.  Las cortes no postularán nombres para Procurador General de la Nación a partir del 7 de agosto del 2018.