El contrato de Condiciones Uniformes de los servicios con los usuarios fue modificado por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAB), con el fin de brindar garantizar la mejor calidad de agua.
Entre los principales cambios que contempla el nuevo acuerdo están: el procedimiento para la recuperación y cobro de los consumos dejados de facturar (RCDF) por uso no autorizado; acciones para el control de vertimientos a la red de alcantarillado; la precisión sobre el procedimiento de cambio de medidores; la actualización del proceso de atención y trámite de peticiones, quejas y reclamos conforme con lo establecido en la Ley 1437 del Código de Procedimiento Administrativo; la precisión sobre los tiempos de reanudación del servicio después de la suspensión conforme la ley antitrámite; y los mecanismos para reportar a las centrales de riesgo los usuarios morosos.
Como una de las nuevas herramientas para controlar el fraude de agua, esta nueva versión del Contrato establece, entre otros, los siguientes aspectos: en cuáles situaciones se aplica el procedimiento de recuperación de consumos dejados de facturar, qué proceso utiliza la EAB para la detección de situaciones en las que los usuarios posiblemente usan el servicio sin autorización, cómo se le da a conocer al usuario de la anomalía presentada y cuál es el trámite que se debe seguir por parte del usuario en el momento en que sea puesto en conocimiento de esta anomalía, y cómo se determinan los posibles consumos dejados de facturar en caso de identificarse anomalías en los predios.
Esto aplica en el caso que la EAB identifique modalidades de uso no autorizado del servicio de acueducto tales como conexiones o equipos de medida adulterados o intervenidos, así como pasos directos, entre otros.