Actuales gobernadores y alcaldes no podrán reelegirse | El Nuevo Siglo
Jueves, 27 de Noviembre de 2014

Como estaba  previsto, la pretensión de que los actuales alcaldes y gobernadores pudieran reelegirse dio al traste con la reforma constitucional de unificación de periodos.

Finalmente fue la Comisión Primera del Senado la que hundió en tercer debate el proyecto de acto legislativo número 126 de 2014 Cámara–23 de 2014 Senado, “por medio del cual se hacen congruentes los periodos de las autoridades de los distintos niveles de gobierno”, radicado el 25 de septiembre por el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.

Al auscultar el ambiente del Congreso sobre este tema, ya EL NUEVO SIGLO había anticipado el hundimiento de la iniciativa.

En la Cámara, los legisladores le dejaron ese ‘honor’ al Senado, donde ya habían sentenciado, como se lo dijo a este Diario un congresista, “esa reforma pasa en Cámara, pero aquí la hundimos”.

Ante la posición de la mayoría de los ponentes de hundir el proyecto, el senador Roy Barreras, director del Partido Social de Unidad Nacional (La U), llegó cinco minutos antes de la sesión de la Comisión con ponencia positiva, lo que originó un arduo debate: que si eso era jurídicamente permitido, que sí era mejor aplazar la discusión para otra sesión.

La senadora Claudia López, de la Alianza Verde, sostuvo que había una indebida presión de parte del ministro Cristo y sus asesores hacia los senadores con el fin de aplazar la votación, a lo que Cristo le respondió que le preocupaba la práctica antidemocrática de algunos legisladores de querer dar un “hundimiento exprés” a la reforma sin darle al Gobierno “ni el derecho al pataleo”.

Ya sin la presencia del ministro Cristo, que se retiró del recinto, finalmente se abrió la votación y se hundió por 12 votos.

 

 

Con afán

 

"Lo que vimos hoy en la Comisión fue lamentable. Los senadores tenían un afán desaforado por votar el hundimiento del proyecto, que ni siquiera nos dieron la oportunidad de argumentarlo", aseguró Gilberto Toro, director ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios.

El presidente de la Comisión, Juan Manuel Galán, del Partido Liberal, expresó que “la mesa directiva otorgó todas las garantías a todas y cada una de las bancadas. Se escuchó la posición de todos los partidos. También, la del ministro del Interior Juan Fernando Cristo, quien tuvo la posibilidad de defender el proyecto. Lo cierto, es que fruto del debate, la Comisión Primera decidió archivar la iniciativa”.

Con respecto a la promesa hecha por el presidente Juan Manuel Santos a los alcaldes y gobernadores, Galán anotó que el Ejecutivo cumplió presentado el proyecto.

“Lo que ha sucedido hoy, sencillo: se sometió a consideración del Congreso y en el caso particular de la Comisión Primera, la votación dejó como resultado negar la iniciativa”, dijo.

En general, los congresistas de la Unidad Nacional declararon que no se podía considerar como una derrota del Gobierno, sino como un triunfo para la democracia colombiana.

Sin embargo, para el senador Alexánder López, del Polo Democrático, señaló que “el Congreso y la Comisión Primera del Senado han dado una respuesta importante en defensa de la democracia. El Ejecutivo no puede prometer en campaña lo que no puede cumplir desde el Congreso”.

La senadora Vivian Morales, del Partido Liberal, coordinadora de ponentes de la iniciativa, consideró que estuvo bien archivado el proyecto porque sacrificaba la dinámica de lo local a la lógica de lo nacional, subordinando el debate de lo regional, e implicaba la parálisis de las administraciones territoriales durante el año electoral, por el efecto de la Ley de Garantías.

Para Morales, lo más grave era precisamente el parágrafo transitorio que posibilitaba la reelección de los mandatarios locales por un periodo de tres años, ya que implicaría la alteración de las reglas de juego y participación política, así como la vulneración del derecho a la igualdad y el principio de confianza legítima de los demás candidatos.

El presidente del Senado, José David Name, codirector de La U, había dicho que esa colectividad apoyaría la iniciativa si el Gobierno retiraba el artículo de la reelección inmediata para los actuales gobernadores y alcaldes.

Para Name, “este era un adefesio, un orangután. Eso no tenía vida. Yo lo dije hace mucho rato”.

Horacio Serpa, del Partido Liberal, manifestó que la mayoría de los miembros de la Comisión Primera expresó que el proyecto tenía fallas constitucionales y “al mismo tiempo entraba en contradicción con un proyecto que habíamos aprobado por medio del cual se eliminaba la reelección”.

El senador Roberto Gerlein, del Partido Conservador, sostuvo que “yo lo expliqué en la Comisión Primera: a mí me preocupaba mucho esa reelección de alcaldes y gobernadores porque afectaba a fondo la estructura política-burocrática del Partido Conservador. Salir a adivinar qué va a suceder en unas elecciones anticipadas, cuando el partido no está preparado y el partido no está en sintonía con el poder, me parece un error muy grande”.

 

 

 

Lo que se hundió

 

Artículo 1°

 

El artículo 262 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 262. La elección del Presidente y Vicepresidente no podrá coincidir con otra elección. La de Congreso se hará en fecha separada de la elección de autoridades departamentales y municipales.

 

Las elecciones de las autoridades de las entidades territoriales se realizarán el mismo año de las de Presidente, Vicepresidente y Congreso. Los períodos institucionales de dichas autoridades comenzarán el 1° de enero del año inmediatamente siguiente al del inicio del período presidencial.

 

 Parágrafo transitorio

 

El período de los Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales municipales y distritales y miembros de las juntas administradoras locales que se elijan en octubre de 2015 comenzará el 1° de enero de 2016 y terminará el 31 de diciembre de 2018.

Los Alcaldes y Gobernadores en ejercicio podrán ser reelegidos para el período de transición de que trata el inciso anterior. En las elecciones que se realicen a partir de esa fecha para Gobernadores y Alcaldes, se estará a lo dispuesto en los artículos 303 y 314 de la Constitución Política.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 262 de la Constitución Política, la elección de Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales municipales y distritales, miembros de las juntas administradoras locales para el período que se inicia el 1° de enero de 2019 se realizará el último domingo de octubre de 2018. El período institucional de los elegidos en esa fecha será de cuatro años.