Remiten a Corte IDH caso por genocidio de la UP | El Nuevo Siglo
Miércoles, 25 de Julio de 2018
Redacción Nacional

El caso del genocidio cometido contra la Unión Patriótica (UP) fue remitido ayer por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

La decisión se tomó luego de que el Estado colombiano no acatara de manera efectiva las recomendaciones establecidas en el informe de fondo presentado ante el Gobierno nacional en días pasados.

Para la senadora Aida Avella, presidenta de la UP y sobreviviente del genocidio, esta decisión “es un paso importante para romper la impunidad en los casos de nuestros líderes y liderezas asesinados por el Estado”.

Igualmente Avella, manifestó que espera que el Estado colombiano acate las decisiones de fondo que tome la Corte sobre el caso y que “se tomen las medidas necesarias para que en el contexto actual de asesinatos contra líderes sociales y de oposición no se convierta en un nuevo caso de genocidio”.

A través de un comunicado, la CIDH explicó que el caso se relaciona con las sucesivas y graves violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6.000 víctimas integrantes y militantes de la UP a partir de 1984 y por más de 20 años. Estos hechos fueron calificados como un exterminio en el informe de fondo y se estableció que los mismos alcanzaron una gravedad y magnitud inusitadas.

Le puede interesar: Concejo denuncia grave situación de consumo de drogas.

Según la CIDH, los hechos involucran desapariciones forzadas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio en contra de integrantes y militantes de la UP, perpetrados tanto por agentes estatales como por actores no estatales con la tolerancia y aquiescencia de aquellos. Por ello, la CIDH determinó la responsabilidad del Estado en sus dimensiones de respeto y de garantía. El Estado reconoció su responsabilidad internacional únicamente por el incumplimiento del deber de garantía, en su componente de protección, por no haber prevenido los asesinatos y demás actos de violencia en contra de los miembros de la Unión Patriótica, pese a la evidencia de que la persecución en su contra estaba en marcha.

Por otra parte, la CIDH determinó que ciertas víctimas del caso fueron sometidas a criminalización infundada o uso arbitrario del derecho penal y torturas, en el marco de varios casos, por lo que concluyó que el Estado violó los derechos a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y dignidad y a la protección judicial.

Asimismo, la CIDH concluyó que el Estado violó los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, libertad de asociación y el principio de igualdad y no discriminación, en virtud de que el móvil de las graves violaciones de derechos humanos, del exterminio y de la persecución sostenida en contra de las víctimas, fue su militancia a un partido político y la expresión de sus ideas a través del mismo.

La CIDH también dio por probado que las víctimas del presente caso fueron constantemente estigmatizadas a través de declaraciones de funcionarios públicos y actores no estatales, incluyendo calificativos como terroristas, o brazo político de las Farc, estigmatización que tuvo un efecto en la grave violencia desatada en su contra, por lo que determinó que el Estado violó su derecho a la honra y dignidad.