El Presidente Juan Manuel Santos destacó que la sanción de la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, significa que Colombia cuenta ahora con una política enfocada no solo en la atención sino también en la prevención de desastres naturales.
“Esta Ley de Gestión del Riesgo de Desastres nos va a permitir contar con todo un sistema articulado y organizado para trabajar, como su nombre lo indica, en la reducción del riesgo en el país. Por primera vez en la historia de Colombia, contaremos con una política pública enfocada en el conocimiento y en la prevención de los posibles desastres que vengan de aquí en adelante”, dijo este martes el Mandatario al sancionar la citada Ley.
Aseguró que las entidades gubernamentales no sólo se limitarán a atender las consecuencias de esos desastres, sino también a prevenir un alto porcentaje de riesgos.
“Hasta hoy teníamos un sistema totalmente enfocado en la atención, es decir, movilizábamos todos nuestros sistemas de emergencias una vez ocurrían los desastres. Con esta ley estamos creando una nueva estructura que reunirá todas las entidades que de una u otra manera tienen que ver con la prevención y atención de emergencias o desastres, conformando un único sistema que se movilizará cada vez que sea necesario”, manifestó.
El Jefe de Estado explicó que esta iniciativa que organiza la nueva gestión del riesgo en el país, contempla los siguientes aspectos.
Nueva estructura
En esta área se comprometen no sólo las entidades del orden nacional, sino también las comprometidas con los entes territoriales.
Recordó que en noviembre del año pasado, como parte de la Reforma Administrativa de Estado, fue creada la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres, que pasó de depender del Ministerio del Interior a ser una entidad con autonomía administrativa y financiera, adscrita a la Presidencia.
“Esta Unidad es la que coordina el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y su tarea es fortalecer las capacidades en el conocimiento, la reducción de riesgos, la preparación y el manejo adecuado de desastres. A su vez, el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres cuenta con unas nuevas instancias que van a trabajar articuladamente y que van a optimizar el desempeño de todas las entidades públicas y privadas en la gestión del riesgo”, dijo.
Aseguró que la Ley sancionada crea el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo, encargado de orientar y aprobar las políticas pertinentes frente a las emergencias, y de aprobar el Plan Nacional de Gestión del Riesgo y la Estrategia Nacional de Respuesta a los Desastres.
“Este Consejo va a establecer las directrices de planeación, actuación y seguimiento de la gestión del riesgo”, añadió.
Adicionalmente se crean tres comités nacionales, encargados de garantizar la articulación en lo que es conocimiento y reducción del riesgo, y el manejo de desastres.
“Estos tres comités –el del Conocimiento del Riesgo, el de la Reducción del Riesgo y el del Manejo de Desastres– estarán integrados por entidades que tienen relación con los temas de conocimiento del territorio, de la prevención y de la atención”, precisó.
Expuso que la nueva Ley crea también los Consejos Departamentales, Distritales y Municipales, dirigidos por los gobernadores y alcaldes, que replicarán ese mismo modelo nacional en los entes territoriales que remplazarán a los actuales Comités Locales de Atención de Emergencias (Clopad) y contarán con las Corporaciones Autónomas Regionales como miembros permanentes.
Planificación
Esta norma contempla que a partir de esta sanción, las autoridades locales tendrán que incorporar en sus Planes de Ordenamiento Territorial las zonas de riesgo y amenaza, para evitar que se siga construyendo en áreas que no son aptas para vivir, y donde el peligro es inminente.
El Presidente Santos dijo que, además, en los Planes de Desarrollo tendrá que incluirse un capítulo especial sobre la gestión del riesgo, para determinar cuáles son las amenazas que tiene cada territorio, y establecer, de antemano, los mecanismos en caso de una emergencia.
“Toda esta información será el insumo principal de los Comités Nacionales y los Consejos Territoriales para hacer sus planes de prevención y atención. Como todos sabemos, este tema del riesgo tiene un componente muy importante de movilización de recursos”, destacó.
Financiación
El Fondo de Calamidades cambiará de nombre y se llamará Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
El Mandatario dijo que se crearán también unos nuevos fondos territoriales de gestión del riesgo en los departamentos y municipios, que serán cuentas que manejarán autónomamente los alcaldes y gobernadores para atención y recuperación de las emergencias.
“Esto nos va a permitir descentralizar el manejo de los recursos, y será la Contraloría General quien vigile su adecuada inversión”, aseguró.
Régimen especial
Dicho régimen permitirá atender de manera más rápida y efectiva las calamidades y los desastres ocasionados por la naturaleza.
“A diferencia de la anterior normatividad, esta ley contempla un plazo específico para actuar cuando se ha declarado una situación de desastre o de calamidad pública. Para el caso de declaratoria de desastre, se da un año para realizar las intervenciones y en el caso de calamidad pública son seis meses”, aseveró.
Explicó que durante ese periodo se va a aplicar el régimen especial que se ha creado sobre contratación, control fiscal de recursos, reubicación de asentamientos y créditos para afectados, entre otras medidas, que ayuden a garantizar el regreso a la normalidad en el menor tiempo posible.
“Esto significa que las autoridades tienen que ser muy diligentes y, además, nos va a permitir que la intervención en las zonas de desastre sea inmediata. El régimen especial faculta también a los alcaldes y gobernadores para declarar la calamidad pública en caso de que sea necesario, para que este régimen especial entre en vigencia”, destacó el Presidente Santos.