Por Andrés Rincón
Periodista EL NUEVO SIGLO
La campaña electoral de 2010 estuvo llena de polémicas. Una de ellas alrededor de las encuestas. Se dijo, entonces, que para evitar nuevas controversias se aplicaría un ajuste a fondo de estos sondeos de opinión. Tres años después, y cuando ya se calienta de nuevo la puja proselitista, qué pasó con ese apretón.
EL NUEVO SIGLO consultó a una alta fuente del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el endurecimiento en las metodologías usadas por las empresas encuestadoras, el cual, al parecer, nunca se concretó.
“El tema no se ha tocado en el Consejo. La reglamentación es la vigente en lo que está ajustado a la Ley 130”, aseguró la fuente.
Según se conoció, existen posiciones encontradas al interior del alto tribunal que no han permitido la reforma de los artículos que regulan esos sondeos de opinión.
Y aunque existen intentos legislativos para reglamentarlos, como el proyecto de ley de autoría del hoy presidente de la Cámara, Augusto Posada, sus avances y alcances son limitados.
Por ejemplo, la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, consideró que ese proyecto no arregla el problema, ya que crea una tercera comisión consultiva de encuestas electorales con las mismas características.
“Cuando uno la mira en detalle, encuentra que se busca crear una comisión consultiva en materia de encuestas electorales, habiendo otras dos comisiones: la que brinda concepto técnico en valoración en encuestas electorales y otra técnica de vigilancia sobre preferencias políticas. Esta propuesta generaría que el país quedara con tres comisiones integradas, más o menos, con las mismas personas y coordinadas con el CNE”, afirmó Barrios.
Agregó que este proyecto y la comisión que propone no trata el tema de fondo del problema, que es endurecer los métodos usados para hacer las encuestas.
“No se toca este tema. No entra a solucionar el problema técnico de la muestra y el procedimiento. El trabajo de esa comisión sería hacer una regulación específica, no coyuntural sobre cuáles son los requisitos técnicos que debe tener una encuesta, cómo tiene que ser la inscripción y las calidades que debe tener una empresa que se inscribe ante el CNE, y que establezca unos mínimos en las fichas técnicas para entender lo que se está diciendo. No hemos solucionado nada y le hemos metido otro actor a este tema”, advirtió la directora de la MOE.
La experta dijo que otro problema de esta Comisión es “que solo es de carácter consultivo y solo va a ser consultada cuando haya quejas sobre una encuesta en particular”. Por lo mismo, Barrios propuso derogar las ya existentes e incluir en la nueva representantes de los partidos políticos y de las firmas encuestadoras.
Otro problemas, según la MOE, es que muchas de las encuestadoras locales registradas ante el CNE pertenecen a familias de políticos.
En desacuerdo
En las firmas encuestadoras tienen una lectura distinta del proyecto de Posada, pero también es crítica.
Por ejemplo, César Valderrama, director ejecutivo de Datexco, dijo estar en desacuerdo con el proyecto para controlar las encuestas, ya que coarta la libertad de expresión y parte del principio de la mala fe.
“Con ese proyecto no estamos de acuerdo. Es un proyecto que coarta la libertad, coarta el derecho de la libre empresa, parte del principio del principio de que las encuestas están hechas mal, del principio de la mala fe”, aseveró Valderrama
Sin embargo, el directivo indicó estar de acuerdo con los mecanismos de control, pero teniendo en cuenta sus alcances. “Sí estamos de acuerdo en que controlen las encuestas pero hay que ser cuidadosos sobre los mecanismos usados para controlarlas”, concluyó el Ejecutivo.
A su vez, César Caballero, presidente de Cifras y Conceptos, afirmó que tras los problemas de 2010 y con miras a los próximos comicios se han mejorado los métodos para brindar resultados más confiables.
“Primero, nosotros tratamos de hacer solo encuestas cara a cara; segundo, tratamos de hacer muestras cada vez más grandes; tercero, especificamos en la ficha técnica los universos a que hacemos referencia. En las encuestas de carácter político nosotros vamos buscando votantes activos, es decir buscamos el universo al cual podemos representar”, explicó Caballero.
Sobre un mayor control y supervisión por parte de diferentes organismos, se manifestó de acuerdo para que haya una más calidad y confiabilidad de las consultas.
“El CNE tiene una comisión de encuestas. Es muy importante que a los encuestadores se nos vigile, se nos audite, que se apliquen mecanismos que le den tranquilidad a la sociedad. Como todo hay que tener mecanismos para que los estándares de calidad sigan subiendo”, señaló Caballero.
Puntualizó que creía que las encuestas en Colombia eran transparentes, pero dijo que “nosotros tenemos un problema en el mercado y es que por los ciclos electorales en el mercado se conforman firmas encuestadoras solo para determinada elección, sin que tengan la tradición, el rigor técnico y el respaldo… Eso genera algún ruido, pero creo que las cinco o seis encuestadoras tradicionales y serias del país hacen un trabajo responsable que el mercado puede evaluar con sus resultados y cumpliendo los requerimientos de la Ley”, indicó.
¿Qué dice la Ley de encuestas?
La normatividad vigente hoy sobre las encuestas es muy taxativa:
- Artículo 30. De la propaganda y de las encuestas. Toda encuesta de opinión de carácter electoral al ser publicada o difundida, tendrá que serlo en su totalidad y deberá indicar expresamente la persona natural o jurídica que la realizó y la encomendó, la fuente de su financiación, el tipo y tamaño de la muestra, el tema o temas concretos a los que se refiere, las preguntas concretas que se formularon, los candidatos por quienes se indagó, el área y la fecha o período de tiempo en que se realizó y el margen de error calculado.
El día de las elecciones, los medios de comunicación no podrán divulgar proyecciones con fundamento en los datos recibidos, ni difundir resultados de encuestas sobre la forma como las personas decidieron su voto o con base en las declaraciones tomadas a los electores sobre la forma como piensan votar o han votado el día de las elecciones.
El Consejo Nacional Electoral ejercerá especial vigilancia sobre las entidades o personas que realicen profesionalmente esta actividad, cuando se trate exclusivamente de encuestas sobre partidos, movimientos, candidatos o grado de apoyo a los mismos, para que las preguntas al público no sean formuladas de tal forma que induzcan una respuesta determinada.
Parágrafo. La infracción a las disposiciones de este artículo, será sancionada por el Consejo Nacional Electoral, con multa de 25 a 40 salarios mínimos mensuales o con la suspensión o prohibición del ejercicio de estas actividades.