Vuelve el debate sobre si medidas de CIDH son vinculantes | El Nuevo Siglo
Viernes, 11 de Abril de 2014

"No hayantecedentes de decisión judicial respecto a los derechos políticos y por eso no son aplicables esos precedentes", argumentó el procurador Alejandro Ordóñez al referirse a la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre las medidas cautelares expedidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
De acuerdo con Ordóñez (y con el Gobierno que ha sostenido la misma tesis), cuando la Corte ha expresado que esas medidas cautelares son de forzoso y urgente cumplimiento se refiere a casos en que se estaría vulnerando el derecho a la vida y la integridad personal, pero no derechos políticos como podría ocurrir en el caso de la destitución de Gustavo Petro.

El jefe del Ministerio Público advirtió que si el Estado colombiano hubiera aceptado las medidas promulgadas por la CIDH para decretar las medidas cautelares en favor del alcalde Petro, habría "desquiciamiento" del ordenamiento jurídico.

Como lo publicó ayer EL NUEVO SIGLO, el magistrado Luis Ernesto Vargas, presidente de la Corte Constitucional, precisó que "aquí la Corte tiene varias sentencias, podría perfectamente recordar unas cinco, en las cuales se ha llegado a la conclusión de que esas medidas son vinculantes. La jurisprudencia de la Corte en ese tema hasta ahora ha sido reiterada".

Sin referirse expresamente al caso concreto del destituido alcalde Petro, Vargas expresó que “en términos puramente del Derecho Interamericano habría que pensar que unas medidas cautelares que no hayan sido acatadas ocasionalmente pueden llevar a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no la Comisión, convierta el tema de la medida cautelar en una medida provisional y en ese sentido es muchísimo más vinculante y obligatorio porque nadie ha puesto en discusión la obligatoriedad de éstas”.