Un concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado señaló a la Contraloría como la entidad competente para resolver la responsabilidad fiscal de los magistrados involucrados en el “carrusel de las pensiones” del Consejo Superior de la Judicatura.
“Volvemos al mundo de la seguridad jurídica y eso sí es esencial”, afirmó la contralora Sandra Morelli al conocer la noticia. Para la funcionaria el fallo de una Sala de Conjueces de la propia Judicatura, que le entregaba el conocimiento de los procesos de responsabilidad fiscal a la Comisión de Acusación de la Cámara, implicó la creación de un marco jurídico “muy traumático”, además de “muy innovador y muy limitante del control fiscal”.
La alta funcionaria expresó que el fallo de los conjueces había dejado una “incertidumbre política” muy “preocupante” para la Contraloría, porque desconocía “los límites” de las funciones del órgano de control.
En medio de la controversia por ese otro fallo, la contralora Morelli manifestó que era una absolución anticipada de los procesados.
Ahora, sostuvo la jefe del ente de control, la Comisión debe acatar la decisión y devolverle a la Contraloría los expedientes del proceso; de esta manera, dijo, la investigación continuará en su despacho, escuchando en versión libre a los funcionarios y ex funcionarios implicados.
Previendo demoras en la devolución de los expedientes, la contralora Morelli no descartó acciones legales.
Concepto
El pronunciamiento del Consejo de Estado, que se dio a petición del Gobierno a través del ministro de Justicia Juan Carlos Esguerra, rechazó el fallo de los conjueces.
De acuerdo con la decisión, la Contraloría es competente para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal por el “detrimento patrimonial que se podría haber causado al Estado con ocasión del nombramiento de magistrados auxiliares en los despachos de que son titulares”.
A comienzo del mes pasado, la contralora Morelli les abrió proceso de responsabilidad fiscal a nueves magistrados y ex magistrados de la Judicatura implicados en un presunto “carrusel de pensiones”, cuyo siguiente paso habría sido el embargo de sueldos y bienes.
Así lo precisó Morelli en su momento, agregando que el posible detrimento patrimonial ascendería a más de 13.000 millones de pesos (exactamente 13.786.250.819 pesos).
Los magistrados a quienes la Contraloría les abrió proceso de responsabilidad fiscal son Temístocles Ortega (actual gobernador del Cauca), Carlos Arturo Ramírez, Julia Emma Garzón, José Ovidio Claros, Luz Elena Rodríguez, María Mercedes López, Henry Villarraga, Martha Patricia Zea y Jorge Antonio Castillo.
Según el Consejo de Estado, “la autoridad competente para adelantar los procesos de responsabilidad fiscal en contra de los magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura corresponde, de manera exclusiva y excluyente, por mandato constitucional, a la Contraloría”.
Aplausos
El ministro del Interior Germán Vargas manifestó su satisfacción por la decisión.
“Qué bueno que finalmente se haya aclarado que la competencia para adelantar investigaciones fiscales radica en la Contraloría General. De manera que celebramos que esta claridad permita que las investigaciones avancen, ya sin más controversias sobre quién tiene la autoridad competente para adelantarlas”, expresó.
El jefe de la Cartera Política dijo que aunque no es política del Gobierno comentar las providencias de los altos tribunales, está complacido de que se haya dirimido el conflicto de jurisdicción entre la Contraloría y la Comisión.
Nuevo conflicto
Un muevo conflicto surgió ahora, esta vez entre la Comisión de Acusación de la Cámara y el Consejo de Estado.
La decisión es de carácter obligatorio y ella precisa que la contralora Morelli “tiene el deber de continuar sus investigaciones y concluirlas”, explicó el magistrado Gustavo Gómez, presidente del Consejo de Estado.
Para el alto tribunal, el conflicto de competencias era de carácter administrativo y no jurisdiccional, por lo que la Sala de Conjueces de la Sala Disciplinaria de la Judicatura no era la competente para definir este complejo conflicto.
“Los hechos que son contrarios a la Constitución y el orden jurídico generan múltiples consecuencias en las áreas fiscal, disciplinaria y penal”, dijo el magistrado Gómez, al indicar que la Comisión debe iniciar y desarrollar su propia investigación en materia disciplinaria por el mismo caso.
“En el fallo se insta a la Comisión para que siga adelante con el deber que le asiste. Lo que no lo puede hacer es en materia fiscal”, agregó Gómez, quien reiteró que la decisión es de obligatorio cumplimiento por parte de todos los actores de este caso, so pena de quebrantar el ordenamiento jurídico y dijo que “un juez no puede modificar con sus decisiones la Constitución”.
Rebelión
Contradiciendo al magistrado Gómez, el presidente de la Comisión, el representante Germán Blanco, de Partido Conservador, consideró que el concepto del Consejo de Estado no es obligante y que espera que la Sala Plena de esa Corporación se pronuncie.
“Vamos a esperar la decisión de la Sala Plena porque el fallo consultivo debe ser analizado por la plenaria de ese Alto Tribunal. Y vamos a esperar si se interponen algunas acciones de tutela de personas que puedan ver vulnerados sus derechos por esa decisión de la Sala de Consulta”, indicó.
“Tengo en mi escritorio dos decisiones. Aún no está definido el tema de la competencia, por eso esperamos la decisión de la Sala Plena del Consejo de Estado o lo que determine un juez en caso de ser interpuesta una tutela”, reiteró.