Desde su mirador de la vecina villa de Tocancipá se reporta para La Barca el colega y amigo Octavio Quintero a propósito de la Ley promulgada por el Congreso de la República para tratar de acabar con los “borrachitos” al volante:
Quedó prohibido en Colombia conducir cuando se ha ingerido una cerveza, un vino o un trago cualquiera que contenga alcohol.
Eso hay que decirlo así porque parece ser que somos el único país del mundo en donde a partir de ahora, nadie que vaya a manejar podrá tomarse una cerveza para la sed o apurar un vino en una celebración de cumpleaños y, menos, echarse un whisky al cierre de un buen negocio, cosa común y corriente en el resto del mundo.
El castigo y las multas fijadas en la ley desbordan al rompe el principio de proporcionalidad, tan viejo como Platón que lo contempla en su tratado de ‘Las Leyes’, como exigencia de que la pena sea proporcional a la gravedad del delito.
Una pregunta clave
¿Qué tanto delito es conducir un vehículo tras tomarse una cerveza? Ninguno. La ley que se aplaude con furor, y hasta se enarbola como campaña política, está mal diseñada y peor referenciada.
Si la embriaguez en sí misma no es delito, lo que debió considerarse en la ley no debió ser el grado de alcoholemia sino de inconsciencia del conductor como agravante del delito que pudiera cometerse, como causar daño a terceros o incurrir en homicidio culposo, cosas que también pueden ocurrir conduciendo un vehículo en perfecto estado de lucidez.
Es más o menos lo mismo que alguien, con licencia para portar un revólver, lo utilice en sano juicio o en estado de embriaguez.
Otra imperfección de cargos es la prueba de alcoholemia mediante el soplo, porque ahí no se está tomando el grado de alcohol que se tenga en la sangre sino en la lengua, la boca o el gaznate. Póngale a cualquier persona una gota de alcohol en la lengua y hágale soplar el aparatico ese, y verá.
¿Será constitucional la nueva norma?
Al calor de la campaña reeleccionista del Presidente y los parlamentarios, se ha expedido una ley “con bombos y platillos” sin revisar su constitucionalidad porque, en términos generales, ni está prohibido ingerir licor en Colombia ni una cerveza tiene por qué alterar el estado consciente de una persona normal.
Tanto en las ciudades como en las carreteras de Colombia se desplazan a toda hora conductores en sano juicio más peligrosos que un borracho: esos buses de transporte intermunicipal o los taxistas que se creen, unos y otros, dueños de las vías.
La ley de los “borrachitos” es, desde el punto de vista legal, otra ambigüedad más de la jurisprudencia nacional y, desde el punto de vista práctico, otro incentivo a la corrupción.
Una noche buena
La Barca de Calderón desea a sus lectores y amigos una feliz navidad y un próspero año nuevo.