Umbral del Plebiscito por la paz sería de 13% | El Nuevo Siglo
Miércoles, 18 de Noviembre de 2015

Con varias modificaciones frente al texto original que radicó el Partido de La U, hoy en sesión conjunta las comisiones primeras del Senado y la Cámara iniciarán la discusión del proyecto de ley estatutaria con el fin de adecuar el mecanismo del plebiscito para que sirva para que los colombianos refrenden o no en las urnas los acuerdos de paz con las Farc. La ponencia propone que no haya sufragio obligatorio, un umbral reducido del 13% de aprobación y que la votación  sea por un solo día.

Sin duda son cambios fundamentales los que hace el cuerpo de ponentes encabezado por el coordinador Armando Benedetti al articulado original, luego de una audiencia pública e intensas conversaciones que se adelantaron la semana pasada con los partidos de la Unidad Nacional con el fin de lograr consensos, pues entre los cambios está que la votación se desarrollará un fin de semana por un día; a diferencia de los tres días que señala el proyecto.

De igual forma la ponencia para primer debate excluye el voto obligatorio en esta jornada, que establecía la iniciativa del Partido de La U al señalar que “todoslos ciudadanos que conforman el censo electoral deberán participar del Plebiscito por la Paz”.

Finalmente el tercer cambio que propone la ponencia tiene que ver con el umbral de aprobación al señalar que independientemente del número de ciudadanos que acuda a las urnas será aprobado si el 13% del censo electoral vota por el Sí, esto son 4.396.626 ciudadanos.

El presidente de la Comisión Primera del Senado, Manuel Enríquez Rosero, le dijo a EL NUEVO SIGLO sobre la ponencia que “ahí le quitan el tema de la obligatoriedad que había propuesto Roy Barreras; segundo que la votación del plebiscito será en un solo día, que en el proyecto se hablaba de habilitarlo durante cinco días y la definición del umbral”.

En este sentido el Parlamentario del Partido de La U explicó que “el plebiscito será aprobado si obtiene el Sí 13% del censo electoral y supere los votos por el No. Es decir, se necesitan 4.396.626 del censo electoral que tienen que votar por el Sí”.

La actual normatividad sobre los mecanismos de participación ciudadana contenida en la Ley 134 de 1994 establece sobre la aprobación que “el pueblo decidirá, en plebiscito, por la mayoría del censo electoral”, es decir en este momento 16 millones 910 mil ciudadanos.

El Legislador recordó que el plebiscito formularía una única pregunta -en donde los ciudadanos- dirían sí o no a la paz, o podrían votar en blanco. “Tras la audiencia pública del pasado 12 de diciembre,  en la Comisión Primera se acogió la propuesta de quienes a nombre de la sociedad civil intervinieron, en el sentido que la convocatoria al plebiscito sea lo más sencilla posible”, dijo.

El proyecto de ley estatutaria que reglamenta la figura del plebiscito en la Constitución de 1991,  abre un espacio para que se adelante campañas a favor o en contra de lo que se consulte y se deja en claro que el resultado del mismo, tendrá carácter vinculante o interpretativo, lo que será garantía absoluta de que los acuerdos de paz tengan la solidez y la irreversabilidad necesaria para garantizar a las víctimas y a los colombianos su derecho a la no repetición del conflicto.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, dijo que “vamos a las comisiones primeras y se espera que se anuncie la discusión del proyecto para mañana (y) y se dé el debate, deliberar todo el día y votar y así pase a las plenarias”.

 

La refrendación

Desde un comienzo de las negociaciones de paz con las Farc, en noviembre de 2012, el presidente Santos se comprometió a que los acuerdos los llevaría a refrendación popular.

En ese sentido y tras el avance en la agenda de negociación en La Habana con la firma del acuerdo sobre justicia, el Gobierno presentó un proyecto de reforma constitucional, denominado acto legislativo para la paz, con el fin de tener listos los instrumentos legales para desarrollar la implementación de los convenios, una vez que sea firmado el final del conflicto con las Farc, para lo cual se ha estipulado  el 23 de marzo de 2016.

Sin embargo quedaba pendiente definir el mecanismo de refrendación de los acuerdos por parte de los colombianos, frente al cual el Gobierno se había mostrado reticente durante estos casi tres años de negociación de ‘casarse’ con un mecanismo, aunque siempre descartó una asamblea nacional constituyente, como sí lo querían las Farc.

Sin embargo, en las últimas semanas, el Gobierno se metió de lleno en el tema por intermedio del jefe negociador en La Habana, Humberto de la Calle, quien descartó el referendo por lo complejo que resulta convocarlo y porque cada pregunta sería un referendo, lo que no aseguraba la aprobación del paquete de acuerdos con las Farc.

También desechó la asamblea nacional constituyente porque, dijo De la Calle, en lugar de dar por terminada una negociación, abriría otras más.

Finalmente, la administración Santos decidió acoger el mecanismo del plebiscito dándole mensaje de urgencia al proyecto que presentó el Partido de La U.

Por su parte el Polo y el Partido Centro Democrático rechazaron este proyecto, la primera de estas colectividades porque no fue acordado en la mesa de La Habana, en tanto que el Partido uribista porque consideran que es un engaño a la refrendación o no a estos acuerdos que debe hacer el pueblo.

El senador José Obdulio Gaviria dijo que “lo que se pretende en el Congreso es convertir artificiosamente un plebiscito en un referendo, lo cual es inconstitucional".