“Tutela no es tercera instancia” | El Nuevo Siglo
Jueves, 19 de Noviembre de 2015

“La acción de tutela no puede constituirse en una tercera instancia que se pueda emplear para que se revise lo definido por el juez natural de la especialidad, como lo pretende el tutelante”.

 

Así lo indicó una sentencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado al negar una tutela interpuesta por un oficial del Ejército, con la que pretendía que se dejara sin efectos la condena dictada en su contra por la muerte de varios soldados en la toma a la Base Militar del Cerro de Patascoy, Nariño, el 21 de diciembre de 1997.

La ponente de la decisión, la magistrada Rocío Araújo, estudió el caso y concluyó que los argumentos del accionante reflejan más un desacuerdo con el análisis y la decisión adoptada que resultó desfavorable a sus intereses.

La condena fue proferida por la Sección Tercera de ese Alto Tribunal, en octubre de 2014, y en ella se declaró responsable al Ministerio de Defensa y se condenó de manera solidaria a dos oficiales del Ejército que fueron llamados en garantía para que reembolsaran a la Nación las sumas de dinero que esta última debía pagar como consecuencia del fallo.

Alegando violación al debido proceso y a la igualdad, el oficial que interpuso la tutela acudió en primera instancia a la Sección Cuarta del Consejo de Estado que le negó el amparo, por lo que impugnó el fallo ante la Sección Quinta del mismo Tribunal.

La Sección Quinta señaló que, tal como lo reseñó la Sección Tercera, resultó abundante el material probatorio que permitió condenar al Estado por el daño ocasionado a los familiares de las víctimas, aunque la toma a la base militar fue perpetrada por la guerrilla de las Farc.

“No es dable a la Sala desconocer que el Estado, a través del comandante del Batallón, se encontraba en condición de garante de la vida y la integridad personal de quienes se encontraban prestando el servicio militar obligatorio y perdieron la vida como consecuencia de la falta de diligencia al momento de planear la protección de la Base en la que se encontraban acantonados, respetándose el precedente de la Sección Tercera que había analizado los hechos referidos a la toma a la Base de Patascoy”, puntualizó el fallo de tutela.